Política

Los grupos de interés

Se habla mucho de la influencia negativa de los «lobbies» (RAE: Grupo de personas influyentes, organizado para presionar en favor de determinados intereses), pero establecer qué es un lobby y qué no resulta difícil. Por ejemplo, UNESA (la patronal eléctrica) ¿es un lobby? Muchos dirían que sí, pues defiende los intereses de un grupo empresarial específico. ¿Y el sindicato UGT? La respuesta parecería en principio negativa, pues defiende los intereses de personas. Pero detrás de las empresas también hay personas (sus trabajadores y accionistas). Y tan legítimo puede ser que un sindicato defienda un aumento del salario mínimo como que la patronal eléctrica defienda un aumento de la tarifa.

No debería, pues, obstaculizarse ni condenarse que cualquier grupo defienda sus intereses dentro de la ley. Igual derecho tienen a exponer sus posturas los proabortistas que los antiabortistas; los homosexuales que los obispos; los consumidores que las empresas. Pero para que el juego de intereses se desarrolle limpiamente, son necesarias unas mínimas reglas:

  • Cualquier grupo de interés que pretenda influir en la legislación debe obligatoriamente inscribirse en un registro público como partido político, sindicato o asociación.
  • Será condición necesaria para inscribirse tener página web donde consten detalladamente los fines del grupo, las principales personas que lo dirigen y cómo se financia; en el caso de que lo financien empresas, la lista de empresas patrocinadoras.
  • Cuando una persona perteneciente a estos grupos, o por encargo de uno de ellos se exprese en un medio de comunicación (radio, periódico), así debe constar.
  • Estos grupos no pueden pagar sobresueldos para favorecer sus posturas, ni hacer regalos, ni otorgar privilegios de ningún tipo, ni prometer cargos o ventajas, a personas que trabajen en medios de comunicación.
  • Tampoco pueden pagar sobresueldos para favorecer sus posturas, ni hacer regalos, ni otorgar privilegios de ningún tipo, ni prometer cargos o ventajas, a legisladores, miembros de partidos políticos o personas encargadas de elaborar o aplicar normativa.
  • Estos grupos deben poder acceder a los legisladores, pero solamente para suministrarles información (estudios, informes, etc.). Necesariamente se la suministrarán en formato electrónico, y de forma inmediata, el legislador que la haya recibido, como parte del proceso legislativo, la hará pública, indicando el grupo que la ha proporcionado.

Con la información proporcionada por las diversas partes y su propio conocimiento, el legislador deberá decidir la postura que mejor concilie los intereses de sus votantes. Iba a escribir «con el interés general» pero ¿qué es el interés general? ¿El bien común? ¿El mayor bien para el mayor número de personas? ¿Es posible definir inequívocamente eso en una situación concreta? Desde luego el dirigente debe serlo de todos, tanto de quienes lo han votado como del resto, pero creo que pedir eso al legislador es demasiado. Me conformo con que evalúe correctamente los intereses de sus votantes y los defienda eficazmente.

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Romper el PSOE

Es necesario que el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) rompa con el Partit des Socialistes de Catalunya (PSC) tras el voto de este último en el Congreso de los Diputados el martes 26 de febrero de 2013 a favor del «derecho a decidir» de Cataluña, cuando la dirección del PSOE había pedido el voto en contra.

La primera razón es que el denominado «derecho a decidir» es un engaño. Lo que pretenden ocultar con esas palabras es «queremos que una Comunidad Autónoma tenga derecho a celebrar un referéndum en el que sus ciudadanos voten sobre si seguir en España o constituirse como Estado independiente». Para abreviar: «queremos que la Constitución Española reconozca el derecho a la secesión de una Autonomía».

La segunda razón es que ahora mismo ese derecho no existe. Ahora existe, por ejemplo, el derecho a un juicio justo, pero no existe, por ejemplo, el derecho a que a uno le regalen una bicicleta. Antes no existía el derecho a que dos personas del mismo sexo contrajeran matrimonio. Ahora, sí. Solo son derechos las posibilidades reconocidas por la ley. Ahora mismo la Constitución Española no reconoce el derecho de secesión, y el Tribunal Constitucional ha dejado muy claro que ni siquiera puede convocar unilateralmente un referéndum para consultar a los ciudadanos sobre la cuestión, aunque fuera de carácter consultivo.

La tercera razón, que deriva de las dos anteriores, es que se está estafando a los ciudadanos. Todos los esfuerzos que pretenden hacer los políticos soberanistas parecen encaminados a convocar el referéndum, y los del Gobierno central, a impedirlo. Caso de que se convoque, será paralizado, como ocurrió en el caso vasco. Lo que tendrían que hacer los soberanistas es iniciar un procedimiento de reforma de la Constitución según el artículo 168. Su actitud se parece a la del borracho que busca sus llaves a la luz de una farola. Se acerca un transeúnte y pregunta «¿Le ayudo?» «Sí, gracias» Buscan un rato y las llaves no aparecen. Entonces dice el transeúnte «Oiga ¿está seguro de que se le han caído por aquí?» «No, se me han caído allá, pero está demasiado oscuro».

¿Que dicen que un proceso no tendría futuro porque los principales partidos se opondrían? Lo primero que habría que preguntarles es: si creen tener razón ¿por qué piensan que no podrían convencerlos? Y lo segundo: bueno, si en las condiciones actuales el proceso que han iniciado no puede llegar a buen término ¿por qué demonios nos hacen gastar a los ciudadanos toda esta energía política que podría usarse en las reformas que realmente necesitamos?

Como resulta evidente que no se puede conseguir el objetivo que pregonan, solo se puede pensar que lo hacen como maniobra de distracción: para evitar perder votos por los recortes que tengo que hacer, digo que son culpa de Madrid y pido la independencia. No la voy a conseguir, pero mi poder personal y mi capacidad de mangoneo, que es lo que realmente me interesa, los conservo. Y el PSC, después de haber denunciado esa cortina de humo, echa más leña (húmeda) al fuego.

Los electores socialistas del resto de España no aceptan tales trapacerías (ni tampoco muchos de Cataluña). El PSOE obtendría un resultado nacional mejor si actuara en Cataluña con su propio nombre y políticos leales, cortando amarras con el PSC y dejándolos actuar a su aire (nunca mejor dicho, porque son unos aventados).

No se trata de la unidad de España (otra entelequia), que a la inmensa mayoría de la gente se la trae al pairo; se trata de respetar los acuerdos válidos y no permitir que nadie se los salte hasta que sean sustituidos por otros acuerdos también válidos. Si en una cuestión no es posible llegar a un nuevo acuerdo, qué le vamos a hacer: tendrá que permanecer el antiguo. Porque tan perfectamente legítimo es querer que la Constitución cambie para permitir el derecho de secesión como no querer que se modifique para poner un instrumento de chantaje en manos de políticos sin escrúpulos. Los diversos escándalos que han sacudido a Cataluña (caso Palau, caso Pallerols, caso de los espías de Método 3, caso de los millones del padre de Artur Mas en Suiza…) tendrían que haber hecho pensar a la ciudadanía catalana que «con éstos, ni al bar de la esquina». No ha sido así, y es una lástima, pero al resto de los ciudadanos todavía no han conseguido engañarnos.

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Los servicios secretos

El reciente caso de espionaje generalizado a políticos catalanes, que viene a unirse a los seguimientos indebidos realizados en la Comunidad de Madrid, pone de manifiesto la necesidad de imponer límites legales a estas vergonzosas actividades.

Es necesario modificar la Ley de Seguridad Privada para que, por un lado, las empresas de detectives tengan prohibido realizar sus actividades por encargo de instituciones públicas y partidos políticos, bajo pena de cárcel, y por otro lado, los políticos electos y resto de miembros de un partido político, no puedan contratar con dichas agencias, bajo la misma pena.

Asimismo, estará prohibido para dichas agencias investigar a partidos políticos, sus miembros o a instituciones públicas.

Los partidos, cargos electos, jueces, etc., que sospechen que están siendo objeto de escuchas, vigilancia o seguimiento, deberían poder recurrir al Centro Nacional de Inteligencia para que lo comprobara. En caso de que su sospecha se demostrara infundada, pagarían una tasa razonable por los gastos.

La organización de los servicios secretos varía según los países. En España solo existe el CNI, que por su ley reguladora puede actuar fuera y dentro del país, y además existen servicios de información de la Policía Nacional y de la Guardia Civil. En EE.UU. hay hasta16 agencias dedicadas a la información secreta. En el Reino Unido tienen el MI5 para el contraespionaje dentro del país y el MI6 para la acción exterior.

Creo que el mejor modelo es un solo servicio secreto, con capacidad de actuar dentro y fuera del país. Tiene que estar perfectamente coordinado por arriba con Presidencia del Gobierno, Ministerio de Defensa. Ministerio del Interior y Ministerio de Asuntos Exteriores. Y por abajo, con la Policía, la Guardia Civil (aunque yo pienso que este instituto armado tiene poco sentido hoy día y que debería integrarse en la Policía Nacional), las policías autonómicas e incluso las locales.

Por supuesto, todo cuerpo policial debe disponer de información muy amplia para cumplir sus funciones de prevenir el delito y castigar a los delincuentes. Y esta información debe ser secreta. Pero la diferencia con unos servicios de inteligencia es que esta información la ha obtenido en el ejercicio de sus funciones de persecución del delito. Es decir, la finalidad de la Policía no es obtener información, mientras que la del CNI (está en su propia denominación, «inteligencia»), sí. El departamento de información de la policía no tendrá personal dedicado a obtener esa información. Tendrá informáticos y documentalistas dedicados a compilarla, filtrarla, organizarla y ponerla a disposición de los agentes de policía y de los jueces.

Otro aspecto de los servicios de inteligencia que genera fricciones es su relación con la acción diplomática. Demasiado a menudo el embajador de un país en otra nación es el jefe local de los espías, lo cual da lugar a episodios vergonzosos de diplomáticos implicados en espionaje que son expulsados. A mi entender los diplomáticos deberían obedecer estrictamente las leyes del país huésped en lo que se refiere a obtención de información (lo que normalmente equivaldría a sacarla de fuentes públicas: periódicos, sitios virtuales de organismos, etc.). Otra cosa son las necesidades del servicio secreto. Por ejemplo, si un país sospecha que otro prepara una agresión, yo lo creo legitimado para mandar a sus espías, sobornar a cargos militares, instalar micrófonos ocultos, etc., pero el embajador no debería ser informado de estas actividades, y mucho menos dirigirlas. Eso sí, su Ministerio de Asuntos Exteriores sí debe estar informado de la actividad de los espías y dirigir la actividad del embajador de acuerdo con lo que se vaya sabiendo.

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Cambiar el Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas es un órgano del Estado, con antecedentes de siglos, que actualmente se rige por el artículo 136 de la Constitución Española:

  1. El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica de Estado, así como del sector público.
    Dependerá directamente de las Cortes Generales y ejercerá sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.
  2. Las cuentas del Estado y del sector público estatal se rendirán al Tribunal de Cuentas y serán censuradas por éste.
    El Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de su propia jurisdicción, remitirá a las Cortes Generales un informe anual en el que, cuando proceda, comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiere incurrido.
  3. Los miembros del Tribunal de Cuentas gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces.
  4. Una ley orgánica regulará la composición, organización y funciones del Tribunal de Cuentas.

Lo que este artículo no dice en absoluto es que sus miembros tengan que ser designados a medias por el Congreso y el Senado (actualmente 6 y 6) y que los partidos políticos puedan llenarlo de funcionarios de libre designación.

Incluso aunque esos designados fueran personas honradas, el ser designados por los mismos partidos a los que han de controlar extiende la sospecha sobre su actuación. Me reafirmo en lo que pedía en mi entrada Los órganos colegiados: los miembros de estos órganos no deberían ser elegidos, sino sorteados entre personas con al menos veinte años de experiencia en su ámbito, que nunca hubieran sido condenadas por delito penal o fiscal, ni sancionadas por falta grave en el ejercicio de sus funciones, y que, por supuesto, hubieran entrado voluntariamente en el sorteo.

Según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, en 2011 en el Tribunal de Cuentas, los funcionarios llegados de otras Administraciones eran 94 frente a los 89 letrados y auditores de carrera. De los 206 puestos que tenían dotación presupuestaria, «142 corresponden a la plantilla de los Cuerpos Superiores (…), por lo que solo podrán cubrirse por funcionarios de Cuerpos de Administraciones Públicas y de la Seguridad Social 64 puestos, límite que se halla hoy ampliamente superado». La afirmación supone denunciar que hay 30 personas (94 – 64 = 30) de otras Administraciones que trabajaban de forma irregular.

Es necesario eliminar la libre designación como método para acceder al Tribunal de Cuentas y dejar la oposición como único sistema. Los miembros no dispondrán de chófer (ahora algunos sí lo tienen). Se suprimirán los tribunales de cuentas autonómicos y toda la fiscalización de las cuentas de las autonomías se hará desde el Tribunal de Cuentas central.

Debería quedar como un órgano técnico de control, solamente con la función fiscalizadora. Ahora  también tiene la jurisdiccional, con capacidad para enjuiciar a los malversadores de fondos públicos, pero yo no tengo noticias de que la ejerza, pues de acuerdo con mi información, todos los malversadores, y por desgracia hay muchos, han sido juzgados, o lo están siendo, por otros tribunales. Si el Tribunal de Cuentas, en sus comprobaciones, detecta cualquier posible delito, debería ponerlo en conocimiento de la fiscalía correspondiente.

La inspección de las cuentas de los partidos políticos tendría que hacerse con especial cuidado: antes del 1 de mayo de cada año, todos los partidos políticos con cargos elegidos (diputados, senadores o concejales) deberían publicar en sus respectivas páginas de Internet sus cuentas del año anterior. Completas. Ingresos y gastos pormenorizados, créditos bancarios, sueldos a cada empleado del partido, donaciones, etc. Antes del 1 de octubre de cada año el Tribunal de Cuentas emitiría un dictamen sobre esa documentación (caso de encontrar defectos de forma, posibles errores o documentación faltante, se habría puesto antes en contacto con el partido afectado para subsanarla). Si la documentación no fuera completa o se hallara que se ha incumplido la ley de partidos o la ley general de contabilidad, el Tribunal tendría la potestad de bloquear desde un mínimo del 10% hasta un máximo del 100% de los fondos públicos que fuera a recibir ese partido desde ese 1 de octubre.

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Para reconstruir el futuro de España

Propuestas de la redacción del periódico El País ante la epidemia de casos de corrupción y el desprestigio de la clase política.

1. Ley de Partidos
Que garantice la democracia interna y la transparencia de las formaciones políticas, con normas democráticas en su funcionamiento interno. Debe imponer un sistema de financiación transparente y un control eficaz e independiente de sus cuentas llevado a cabo con periodicidad anual, con sanciones que lleguen incluso hasta la disolución en caso de incumplimiento. La norma puede vincularse a las regulaciones establecidas en la Ley de Transparencia y permitir que los ciudadanos puedan solicitar a un partido documentos relacionados con su funcionamiento. Los cargos imputados en procesos judiciales deberían ser suspendidos en sus funciones orgánicas hasta que se aclare su situación.

2. Ley Electoral
Es preciso sustituir el actual sistema de listas cerradas y bloqueadas por otro que permita a los ciudadanos negar su voto a candidatos concretos que no consideren dignos de su confianza. Hay que revisar el principio constitucional que determina a la provincia como distrito electoral, que en el caso del Senado debe estar referido a las autonomías. La distribución de escaños debe potenciar la proporcionalidad del sistema, de modo que cada diputado elegido represente a un número razonablemente equiparable de votantes. Ha de regularse de forma transparente la financiación de las campañas electorales, reduciendo su actual duración, innecesaria en una sociedad con tantos y tan variados medios de comunicación, y establecer criterios claros y eficaces para la adecuada utilización de las redes sociales en tiempo electoral.

3. Reforma de la Administración
Una reforma y modernización de las Administraciones públicas debe eliminar la duplicación de estructuras y funciones para adaptar el tamaño del Estado y el gasto a los nuevos perfiles de la sociedad del bienestar y a las características de la organización territorial de España y de la UE. Es preciso reducir el número de municipios, recurrir a gestores técnicos donde sea necesario, regular el sueldo de los alcaldes, fiscalizar los presupuestos con agencias independientes y revisar el sistema de oposiciones y de cuerpos de funcionarios. El Estatuto Básico del Empleado Público debe contribuir a profesionalizar la dirección de la gestión, limitando la designación política de altos cargos para protegerlos de interferencias. Debe garantizarse efectivamente, contra lo que ahora sucede, un acceso adecuado a la información sobre la gestión de las Administraciones, que facilite la rendición de cuentas de los gestores y el juicio crítico por parte de los administrados.

4. Estatuto de la Corona
A fin de establecer los deberes y las responsabilidades del titular de la misma. Tiene que ordenar, mediante caución parlamentaria, el funcionamiento de la Familia Real, garantizar la absoluta transparencia de los gastos atribuibles no solo a sus personas físicas, sino al funcionamiento general de la Casa. Y, como en el caso de la Ley de Partidos, estar vinculado a las regulaciones establecidas en la Ley de Transparencia.

5. Pacto por el empleo y las pensiones
Con la participación de Gobierno, partidos políticos, centrales sindicales y organizaciones empresariales. Resulta necesario articular un consenso que culmine la reforma laboral y corrija sus carencias y desequilibrios. Establecidas las bases de contratación y despido, es urgente impulsar las políticas activas de empleo en un país con seis millones de parados. Hay que poner en marcha un programa de subvenciones directas (nacionales y europeas) dirigidas a las pequeñas y medianas empresas para la creación de puestos de trabajo especialmente orientados a los jóvenes. El pacto debe financiarse con aportaciones de fondos europeos, en el marco de un acuerdo en la eurozona. Las ayudas previstas en el presupuesto de la Unión son del todo insuficientes para hacer frente a la gravedad del problema.
Es necesaria una reforma en profundidad del sistema de pensiones que tenga en cuenta, entre otras cosas, la mayor esperanza de vida de la población. Dicha reforma no puede hacerse unilateralmente por ningún partido, cualquiera que sea la mayoría parlamentaria de que disfrute. Hace falta garantizar la sostenibilidad del sistema y mejorar la correspondencia entre cotización y pensión.

6. Reforma de la Justicia
Los jueces deben contar con una mejor y más eficiente organización y con mayores recursos y medios. Debe potenciarse la coordinación de la justicia, en la que ahora intervienen funcionarios pertenecientes hasta a cinco cuerpos distintos que a su vez dependen, según los casos, de la Administración central o de la autonómica. La igualdad de los ciudadanos ante la ley, el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a un juicio justo están reducidos muchas veces en la práctica a meras declaraciones, pues el funcionamiento de los tribunales no es nunca rápido ni resulta siempre eficaz, por lo que hay que aumentar significativamente el número de jueces. Hace falta revisar las normas procesales para que, manteniendo las garantías básicas, puedan agilizarse los juicios y sea adecuadamente protegida la presunción de inocencia ante la llamada “pena de telediario”. El Gobierno debe renunciar a su actual política sobre tasas judiciales.

7. Pacto por la educación
La política general sobre enseñanza —y los planes de estudio— no puede ser revisada cada vez que un partido llega al poder. El futuro de las economías avanzadas descansa sobre las estrategias de educación, formación de capital humano e investigación. Hay que sentar las bases que lo garanticen y que establezcan criterios para gestionar recursos, establecer incentivos e introducir controles, independientemente del color político de quienes gobiernen. La enseñanza concertada, que se beneficia de las subvenciones, debe garantizar la igualdad de oportunidades y no ejercer prácticas discriminatorias de sexo o religión. Deben establecerse evaluaciones públicas de los centros de enseñanza, de modo que tengan repercusión en la carrera profesional de sus responsables.

8. Pacto por la sanidad pública
Es necesario preservar y mejorar el sistema de sanidad pública para mantener los elevados niveles del servicio que durante años hemos sabido construir y que hacían del modelo español de salud, cualesquiera que fueran sus defectos, algo digno de sostener y perfeccionar. El Estado debe garantizar la cobertura universal, revisando los errores detectados a la hora de transferir la gestión a las autonomías. Es preciso controlar los resultados de la gestión pública y fiscalizar el cumplimiento de los acuerdos con las empresas concertadas, eliminando la posibilidad de acometer inversiones públicas en beneficio exclusivo de la rentabilidad de la gestión privada.

9 y 10 [no estoy de acuerdo]

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Imputación = Destitución

El nivel de insatisfacción y enfado de los ciudadanos españoles con sus políticos está alcanzando cotas nunca vistas. Entre la crisis, que esos políticos, con unas medidas adecuadas, podrían haber paliado sustancialmente; los recortes, que aplican, equivocada e irrazonablemente ante la situación; y los casos de corrupción política en Unió, en Convergencia, en el Partido Socialista y en el Partido Popular, la paciencia de los ciudadanos se ha colmado. Urge responder.

Yo pensaba proponer que la imputación judicial de cualquier cargo público forzara a sus compañeros de partido a exigirle la dimisión inmediata. Pero ¿y si se niega a dimitir? ¿Y si su partido, en lugar de no querer saber nada de él, lo arropa? Por eso me ha parecido muy buena la propuesta de Aníbal Álvarez: Por un tribunal de ética política:

¿No existe en este país un tribunal de ética política capaz de intervenir apenas haya el menor indicio de corrupción, desalojando de la vida política a todos esos que se valen de sus cargos para medrar a costa de un pueblo que les vota para que traten de mejorar la vida de los ciudadanos y no para enriquecerse y medrar socialmente en beneficio propio? Si ese tribunal no existe tendría que ser creado. 

Pues creémoslo. Pero no un tribunal de jueces o magistrados, sino un jurado de doce ciudadanos: el Jurado Anticorrupción. Con poder constitucional para destituir de su cargo desde al más humilde concejal al Presidente del Gobierno, y también para separar de sus funciones en el partido a cualquier militante imputado. Los únicos requisitos para los jurados serían haber aprobado una carrera universitaria, no haber sido condenados nunca en sentencia firme por delitos dolosos ni estar incursos en un procedimiento judicial y no militar en ningún partido político.

La inmunidad parlamentaria tuvo el siguiente origen:

En un comienzo, no dejaba de ser habitual que cuando un parlamentario se oponía a los deseos del rey, éste buscase excusas para, utilizando el poder ejecutivo, acusarle de algún delito y buscase apartarle de la vida pública. Como forma de evitar estas injerencias, se establecieron medidas que impedían que pudiese ser encausado ningún parlamentario si previamente el propio Parlamento no daba su visto bueno y que, en el caso de ser encausado, estuviese sometido a algún orden jurisdiccional específico (normalmente el Tribunal de mayor jerarquía).

Ha quedado desfasada y lo que un principio nació para proteger a la democracia, ahora la amenaza.

Para asegurar la separación de poderes, el Jurado Anticorrupción solo podría juzgar a cargos públicos (concejales, ministros, consejeros autonómicos, diputados, senadores, alcaldes…) a los que un juez hubiera imputado previamente por cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, prevaricación o falsedad y para cuya presentación ante este Jurado se hubieran recogido al menos diez mil firmas de ciudadanos. Este Jurado solo tendría la potestad de, por mayoría de al menos dos tercios, destituir al imputado de su cargo público e inhabilitarlo provisionalmente hasta que se promulgara sentencia judicial firme. También podría apartar de los órganos internos de su partido a políticos que solamente tuvieran cargos dentro de éste.

Una decisión de destitución de este Jurado no podría emplearse en el proceso judicial posterior como prueba.

Si bien no estoy de acuerdo en imponer penas de cárcel muy altas para los delitos anteriormente citados, creo que las inhabilitaciones para ocupar cargo público, figurar en una lista electoral, militar en un partido político, ocupar cargos en él, e incluso fundar un nuevo partido deberían ser permanentes e inindultables.

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Las comisiones de investigación

A la vista del resultado de las comisiones de investigación de los ERE andaluces y de la tragedia del Madrid Arena, creo que lo mejor es renunciar en España a que en los parlamentos, ya sean nacionales o autonómicos, y en los ayuntamientos, se formen comisiones de investigación, cualquiera que sea el hecho que suceda.

El problema con estas comisiones es que la mayoría de sus miembros procederán necesariamente del partido que está en el poder, que con toda probabilidad será el partido bajo cuyo mandato se han producido los hechos que se investigan. Por ello este partido, con la finalidad de protegerse, intentará limitar las comparecencias y sesgar las conclusiones. Al final lo único que se producirá es una gran decepción de los ciudadanos.

Además, si se ha abierto, como sucede casi siempre, una investigación judicial sobre los hechos, los comparecientes ante la comisión pueden acogerse a su derecho a no declarar para no perjudicar su causa judicial, lo que vuelve a la comisión impotente para averiguar la verdad.

En los parlamentos y ayuntamientos se realizan tres funciones principales: la primera, elegir al mandatario; la segunda, legislar; y la tercera, el control del mandatario mediante preguntas de la oposición. La función de investigación (interrogatorio de testigos y expertos, recopilación de información, generación de hipótesis de lo sucedido y elección de la que mejor concuerda con la información presentada) es extraña a las otras tres. No debe sorprender, por tanto, que unos pretendan desgastar al mandatario con estas comisiones y otros, descafeinarlas.

Por añadidura, las conclusiones de la comisión solo son informativas, mientras que las de la investigación judicial son preponderantes y tienen consecuencias penales. Si la justicia es lenta, se tendrían que poner los medios para que fuera más rápida, no desperdiciar recursos en decepcionantes vías secundarias.

En todo caso, si se percibe que la información que la opinión pública ha recibido sobre determinado asunto, incluso después de la investigación judicial, es insuficiente, el poder mejor situado para arrojar algo más de luz no es el legislativo, sino el mediático: que investiguen los periódicos, las revistas, que se rueden documentales… Sus conclusiones siempre tendrán más credibilidad que las de una comisión de investigación.

Implantar en España el modelo de otros países más serios, con todos los miembros de la comisión de investigación independientes, parece imposible. Y ese modelo no está exento de problemas (conflictos de interés, alcance de los poderes…). Para muestra, la comisión que investigó los atentados del 11 de septiembre.

Lo que sí parece factible es, al juez o a los jueces que redacten una sentencia sobre un asunto que haya tenido amplia repercusión pública, darles la facultad de proponer, como anexo de su sentencia, cambios legislativos o reglamentarios que puedan evitar la repetición de los hechos juzgados.

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Diputados de a pie

Iniciativa legislativa popular para reformar el Congreso de 2012:

1. El diputado será asalariado solamente durante su mandato. Y tendrá
jubilación proveniente solamente del mandato realizado.
2. El diputado contribuirá al Régimen General de la Seguridad Social como el resto de ciudadanos. El fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social. El diputado participará de los  beneficios del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad.
3. Si el diputado desea un plan de pensiones privado, debe pagárselo de su bolsillo.
4. El diputado dejará de votar su propio aumento de salario.
5. El diputado dejará su seguro actual de salud y participará del mismo
sistema de salud que los demás ciudadanos españoles
6. El diputado debe igualmente cumplir las mismas leyes que el resto de los españoles.
7. Servir en el Congreso es un trabajo, no una carrera. Los diputados deben cumplir sus mandatos (no más de 2 legislaturas) y luego reincorporarse a la vida laboral previa a su etapa de servicio público.

Además de estas reivindicaciones, creo necesario:
8. Eliminar instituciones obsoletas o duplicadas: Senado (como pedía yo en otra entrada y como piden más de 37.000 páginas) y diputaciones provinciales.
9. Limitar los asesores:
  • Presidente del Gobierno: máximo de 10 asesores.
  • Ministros, Presidentes Autonómicos y alcaldes de ciudades de más de 1 millón de habitantes: máximo de 5 asesores.
  • Consejeros autonómicos y alcaldes de ciudades entre 500.000 y 1 millón de habitantes: máximo de 3 asesores.
  • Alcaldes de ciudades entre 100.000 y 500.000 habitantes: máximo de 2 asesores.
  • Alcaldes de ciudades entre 20.000 y 100.000 habitantes: máximo de un asesor.
Los asesores podrán serlo para cualesquiera campos (económico, laboral, jurídico…), pero su contrato deberá especificar en qué materia asesoran, deberán ser mayores de 35 años, menores de 70, contar con una licenciatura universitaria en el campo de que se trate y al menos 10 años de experiencia laboral en dicho campo. Su adscripción y sus remuneraciones anuales brutas totales serán públicas (es decir, aparecerán con nombres y apellidos en la página de Internet de la alcaldía, consejería, ministerio, etc. correspondiente). No percibirán dietas ni ningún tipo de complemento por ningún motivo.
Aparte de los enumerados, ninguna institución pública podrá contratar asesores (actualmente tienen asesores las diputaciones, los grupos parlamentarios en el Congreso, etc.).
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Reactivar la democracia

Propuestas centrales de Fernando Savater en su artículo en El País del 3 de julio de 2012 en que se hace eco del Manifiesto por una democracia global y del libro Democrazia de Paolo Flores d’Arcais.

Sin embargo, piensa Flores d’Arcais, sólo hay democracia donde se lucha por la democracia. Un combate que pasa por:

–  enfrentarse a toda ilegalidad, privada o institucional,
– exigir respeto a la verdad de los hechos,
–  laicismo que separe la esfera pública de cualquier dogma religioso,
– defender la lógica racional y la ilustración en todos los planos,
– suprimir la influencia corruptora del dinero en el horizonte político y
– propiciar la redistribución constante de la riqueza a través de un Estado que no renuncie a procurar el bienestar de la mayoría,
– así como una fiscalidad vigilante y progresiva.

Asimismo, la propuesta principal del Manifiesto antes citado es:

Para evitar la profundización de las crisis globales y buscar soluciones a los desafíos planteados por la globalización debemos avanzar hacia más extensas y profundas formas de democracia. Las organizaciones nacional-estatales deben formar parte de una estructura más amplia y mejor coordinada, que debe incluir y articular instituciones regionales democráticas en todos los continentes, la reforma de la Corte Internacional de Justicia, una Corte Penal Internacional más justa y equitativa, y una Asamblea Parlamentaria en las Naciones Unidas, embrión de un futuro Parlamento Mundial. Pero este cambio institucional no podrá ser exitoso si es fruto de las acciones de una elite autoelegida. Por el contrario, la democratización del orden mundial debe surgir de un proceso socio-político abierto a todos los seres humanos, cuyo objetivo es la institucionalización participativa de una democracia global.

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El papel del BCE

La principal tarea del Banco Central Europeo, según se lee en su sede, es «mantener el poder de compra del euro y, de este modo, la estabilidad de precios en el área euro».

Resumiendo, luchar contra la inflación. Persiguiendo este objetivo, el BCE no ha vacilado en subir los tipos de interés en momentos sumamente perjudiciales para la economía europea.

La Reserva Federal Estadounidense tiene otros cometidos, tan amplios que los recoge en un libro entero. Pero su política monetaria consta de tres principios, y su orden no es casual: promover el máximo empleo, precios estables y tipos de interés moderados a largo plazo. Por eso ha llevado a cabo políticas de «relajación cuantitativa» (inundando el mercado de liquidez) que han conseguido sacar a la economía estadounidense de su marasmo.

El diferencial con el bono alemán, es decir, la prima de riesgo, no se debe a la situación fiscal o económica de los países que en la eurozona sufren una alta prima, sino a la especulación sobre la permanencia en el euro de determinados países. El Reino Unido tiene una deuda casi del 90% de su PIB, cuando España no llega al 75%. Y sin embargo, a 12-06-2012 la prima de riesgo del Reino Unido es de ¡solo veintinueve puntos! cuando España supera los 500. ¿Por qué? Porque el Tesoro Británico actúa aún como banco emisor de moneda, y los inversores tienen la seguridad de que, si el Gobierno británico se viera en dificultades para devolver sus vencimientos de deuda, simplemente daría al emisor la orden de «imprimir billetes».

El Banco Central Europeo ya ha actuado como defensor de la moneda única comprando, en determinados momentos, deuda de los países acosados en el mercado secundario. Es necesario modificar los tratados y cuantas disposiciones hagan falta para que el BCE añada a sus funciones la de defensor del euro. Tendría entonces la obligación de acudir a las subastas de deuda primarias y secundarias de los países con la moneda única para, en todos los casos, impedir que la prima de riesgo superara los 500 puntos.

Para tal función usaría sus propios fondos o, caso de juzgarlo necesario o conveniente, crearía, en su función emisora, el dinero necesario.

Tal función de salvaguarda no tendría que suponer un gasto. Primero: al saber los mercados que la va a ejercer en caso necesario, cuidarían de no dejar que la prima subiera por encima del límite, pues perderían la oportunidad de cobrar los intereses de ese país.

Segundo, recordemos que lo que compraría el BCE son activos de deuda, es decir, productos financieros que proporcionan un rendimiento. Una letra de 10.000 euros a un año que se compra al 5% proporciona 500 euros. Además, cuando la tensión se relaje, el BCE puede volver a vender la deuda comprada, de cuyo interés se ha beneficiado durante el tiempo que la ha mantenido, y sin pérdidas.

Tercero, la aportación al mercado de más liquidez no tiene por qué suponer un aumento de la inflación. El BCE mantendría su función de fijar los tipos de interés, con lo que podría acotar cualquier brote inflacionario.

Esta manera de funcionar sería mucho más flexible que los eurobonos, requeriría menos modificaciones legales para su puesta en práctica, despertaría menos recelos y sería una barrera eficaz contra los asaltos de los mercados.

Cuatro países, a los que pronto se añadirá Chipre, han tenido que ser rescatados, a un coste inconmensurable, y con resultados muy insatisfactorios, por los ataques de la prima de riesgo a sus economías. ¿A qué esperan los líderes europeos para ponerles coto de una vez?

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Mete "Lo que hay que hacer" en Google y mira qué te sale: enlaces a un libro "Lo que hay que hacer con urgencia" del que las primeras páginas no están disponibles para descargar. Y mientras, tu ciudad, tu país, tu planeta bullen de problemas a los que no se pone remedio adecuado, cuando existen soluciones para todos. Escribo este blog desde Madrid, España, la Tierra, para unir mi voz a los que proponen estas soluciones y presionan para que se apliquen.
abril 2024
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