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El Tribunal Constitucional se pronuncia a favor de la Ley de Paridad en las listas electorales. Afirma que la “limitación” a los partidos para designar sus candidatos es “perfectamente constitucional” para lograr la “igualdad efectiva”. Y rechaza el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP.
Creo que todos acatamos las sentencias de los tribunales aunque no nos gusten y no estemos de acuerdo con el veredicto, (aunque algunos, autodenominados “demócratas”, ni las acatan ni las cumplen, y no pasa nada. Es el caso de la sentencia del Tribunal Supremo sobre la Ley de Banderas, por ejemplo), pero en este caso concreto, concurren circunstancias especiales en la opinión pública que, creo, merece la pena comentar.
Sin entrar en el fondo, porque ni puedo ni debo, para mí, la decisión del TC, referida a la composición de las listas electorales, se extrapola con intencionalidad y se amplía, a los derechos de la mujer recogidos en la Ley de Igualdad, que es otra cosa, y con la que todos estamos de acuerdo.
Esta Ley es autoritaria, porque ordena a los Partidos cómo deben confeccionar SUS Listas. Supone una flagrante intromisión en el funcionamiento interno de los Partidos, únicos responsables de SUS Listas. Vulnera y condiciona el derecho y la libertad de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos. Altera las bases de la soberanía popular y la libertad ideológica Es, en última instancia, la opinión pública, a través del Voto, la que las respaldará o rechazará. El Gobierno debe velar porque la confección de las Listas sea democrática. Recomendar la Paridad, y No imponerla por Ley.
Puede que el Partido no disponga de mujeres o de hombres suficientes, en cuyo caso, la Ley le obliga a “rellenar” sus Listas para cumplirla, coartando su libertad interna que, un Estado Democrático de Derecho, debe respetar. En caso contrario sería, como es, Autoritario. “Dime de lo que presumes y te diré de lo que careces”.
Muchos partidos que se jactan de “democráticos y tolerantes”, arremeten, a través de lamentables expresiones públicas de sus representantes, que les definen, no contra el recurso, sino contra el Partido que le interpuso, al que descalifican y le hacen reo de su aversión hacia la mujer, lo que es falso, (tensa y calumnia que algo queda). Como muestra: La Secretaria de igualdad del PSOE, Maribel Montaño: “El machismo del PP ha quedado derrotado”. El fallo del Constitucional coloca al PP en el lugar ideológico de donde nunca ha salido: la derechona más rancia. “Ha quedado claro que el PP se resiste a una España moderna e igualitaria, que, a pesar de ellos, se aleja del machismo y la discriminación”.
Estas indignas y reaccionarias manifestaciones de estos partidos “democráticos”, les definen colocándoles en el sitio público que corresponde a la intolerancia y al revanchismo político, que no cabe en un Estado Democrático de Derecho.
Situación que los países de nuestro entorno han evitado con buen criterio, no imponiendo cuotas de participación ciudadana por Ley, porque entienden que deben ser, fruto del consenso y no de la imposición al resto de las fuerzas políticas, de una mayoría coyuntural.
Pablo García Cubero.
Presidente Provincial de Valladolid de Unidad Regionalista de
Castilla y León.