Don Luís Domingo González
Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León
Avenida Casado del Alisal, Palencia
Jorge Martín Lapresa, cuyos datos identificativos conoce esta Delegación Territorial por mis escritos de 25/02/15, 8/05/15 y 15/05/15, expone y solicita lo siguiente mediante tuteo para evitar la enojosa ambigüedad referencial derivada del uso de la palabra “usted”.
EXPOSICIÓN DE HECHOS
PRIMERO. La sentencia 79/17 del Tribunal Supremo acaba de condenar como prevaricador (A419 CP) a un profesor porque había aprobado arbitrariamente a una alumna suya. Dicha sentencia nos dice que la calificación del rendimiento de un alumno no es un acto graciable que expresa su sabiduría sino un auténtico acto administrativo: “La decisión del personal administrativo, en general el profesor, que fija el nivel de adquisición de conocimientos, con destino al expediente del alumno, y que se refleja, al ser definitiva, en un acta, constituye pues de manera indudable un acto administrativo de resolución administrativa de un procedimiento de tal naturaleza”.