Puedo prometer y prometo que rebajaré las horas de mi trabajo en la misma proporción que me rebajen el sueldo.
«Os adjunto la Sentencia del Tribunal Supremo, de 29/05/1995, adoptada en el Recurso de Casación nº 1311/1995. Ver el Fundamento Jurídico 4º, que alude a otras dos Sentencias anteriores del mismo Alto Tribunal, del año 1.989, -Jurisprudencia Consolidada-, y a la que se remitió el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la recentísima Sentencia de éste último de fecha 25/02/10 -Rec. 360/2007 -Ver Fundamento Jurídico 2º- de ésta última.