Sentencia del Tribunal Supremo sobre Educación para la Ciudadanía

La Sentencia del Tribunal Supremo sobre Educación para la Ciudadanía coincide en líneas generales con la postura que ha mantenido ANPE con respecto a esta asignatura.

ANPE ha mantenido desde el periodo de elaboración de la LOE una postura crítica con respecto a los contenidos de EpC porque interfieren con materias imprescindibles de filosofía y humanidades y restan importancia a la acción tutorial, un elemento clave de la relación educativa.

Sin embargo, ANPE mostró también desde el primer momento su rechazo a que los alumnos menores de edad pudieran ejercer la objeción de conciencia ni ante ésta ni ante ninguna otra materia obligatoria del curriculum educativo.
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Para ANPE, una vez resuelto el debate sobre la objeción, es el momento de diseñar la EpC correctamente y dotarla de verdadero significado.

ANPE ha defendido en todos los foros que el contenido de la EpC debe centrarse exclusivamente en los principios y valores constitucionales, tal como sucede en el resto de Europa, sin imponer a los alumnos criterios morales de índole personal, cuyo ámbito de transmisión es la familia. Es exactamente lo mismo que ha dictaminado el Tribunal Supremo.


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Una respuesta a “Sentencia del Tribunal Supremo sobre Educación para la Ciudadanía

  1. La EpC es la última herramienta del PSOE para perpetuarse en el poder a largo plazo, pues todo va orientado hacia su forma de ver la vida. A por el pensamiento único.

    La asignatura debería basarse en contenidos constitucionales y en otra serie de aspectos como la educación vial, por ejemplo.

    La imposibilidad de objetar contra una asignatura que contiene moralina puede ser contraria a la constitución. Ahí debe estar el trabajo de los padres para contrarrestar la importancia de lo que se dice a los críos con la propia moral que quieran transmitir aquéllos a sus hijos.