Archivo de la etiqueta: SENTENCIA

Libertad de expresión de Jiménez Losantos.

¡Vaya palo que se ha llevado la SGAE! No podía ser de otra manera. Cuanto ha venido diciendo Jiménez Losantos lo hacía en el terreno de la libertad de expresión. Y no solo eso, sino que era el sentir de una buena parte de la ciudadanía. Losantos expresa «un sentimiento ciudadano». Nosotros nos identificamos con Federico y su discurso sobre la SGAE. Y, como nosotros, mucha más gente. ¿Acaso no son en este momento las siglas más despreciadas de cuantos acrónimos pululan por el territorio nacional?

El canon ha sido criticado por la ciudadanía como una medida desagradable y abusiva. Así lo comentó Losantos y así seguimos pensando. El canon es una imposición. Y todo lo que sea impuesto a la fuerza genera rechazo. Ha quedado claro que Federico no ha vejado, ni ha difamado ni ha maldicho de la Sociedad General de Autores. Pues eso: ¡Viva la libertad de expresión! Bendita libertad, a pesar del pestazo que procede de la siniestra. Era otro intento de acogotar a un luchador por la libertad de expresión y, en esta ocasión, les ha salido rana y además tienen que pagar las costas.

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'Bofetada' al Ministerio de Educación

No se puede pasar a 2º de Bachillerato con tres y cuatro suspensos.

LOGSELOPEGCELOCELOE.  A veces llegué a preguntarme hace tiempo si habría vida después de la LOGSE socialista. Y sí, no solo hay vida, sino que invita a la risa, pero también  al desconcierto.

Desde el curso pasado, el alumnado titula en la educación secundaria con tres materias suspensas en septiembre, aunque no con cualquier materia. Y eso se llama estupidez, racanería y barbaridad.

No tiene ningún sentido que un alumno o alumna titule  si no tiene aprobadas todas las materias que componen el curriculum de secundaria. Pero, ya saben, el socialismo ha traído permisividad al mundo de la docencia, racanería, comodidad y ausencia de criterio ético. Y todo ello con un agravante: las ocmunidades del PP tampoco hacen nada útil para salir de la red en la que están atrapadas.

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Sentencia a favor de los directores docentes

ABRIL 2008

CONSOLIDACIÓN PARCIAL Y PAGO DEL COMPONENTE SINGULAR DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO POR EL
EJERCICIO DEL CARGO DE DIRECTOR DE CENTRO DOCENTE PÚBLICO NO UNIVERSITARIO DE CASTILLA Y LEÓN DURANTE UNO Ó MÁS PERIODOS DE CUATRO AÑOS.

. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Ávila en SENTENCIA de fecha diecisiete de marzo de dos mil ocho ESTIMA la demanda contencioso – administrativa interpuesta por la ASESORÍA JURÍDICA ANPE CYL en la que se solicitaban los pedimentos arriba indicados a favor de un FUNCIONARIO DOCENTE PÚBLICO NO UNIVERSITARIO JUBILADO, constituyendo la especialidad la dicha condición de FUNCIONARIO JUBILADO, poseída tanto al momento de interposición del recurso contencioso administrativo ahora estimado, como al de publicación en el BOC y L nº 235 de fecha 7 de diciembre de 2006 del Decreto 84/2006, de 30 de noviembre, por el que se regula la mencionada consolidación.


. Se trata por tanto de la segunda Sentencia estimatoria, después de la del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Salamanca, por la que se reconoce y decreta el pago de lo especificado al inicio de este escrito.


. Insistir en que los DOCENTES JUBILADOS afectados según las características descritas, podrán ponerse en contacto con las sedes ANPE que se ubican en cada provincia desde las que serán informados y atendidos en la valoración de las circunstancias de cada afectado por si pudieran ser merecedoras de los derechos de consolidación y pago en este escrito anunciados.

Asesoría Jurídica ANPE Castilla y León