«Nos parece vergonzoso cómo se ha tramitado este proyecto y como se ha hecho de espaldas a los vecinos y en perjuicio de ellos».
Nosotros en vista a las graves irregularidades que hemos observado en el procedimiento y que venimos denunciando, hemos solicitado que la puesta en marcha no se otorgara hasta resolverse nuestro recurso de alzada. Hemos sentido desde un principio que la voluntad del Servicio Territorial de Industria de la Junta ha sido aprobar dicha planta en todo momento, costase lo que costase, beneficiando el interés particular de una empresa privada que no generara un solo puesto de trabajo y, cuya rentabilidad se logra a costa de los contribuyentes por las primas que se dan a este tipo de instalaciones fotovoltaicas, sobre el interés general de los vecinos y del municipio.
Sobre la aprobación de la puesta en marcha. Nos parece escandoloso que se haya otorgado la puesta en marcha sí como parece ser por los datos que tenemos no se han seguido los procedimientos que establece el propio Decreto de autorizaciones de instalaciones eléctricas de la Junta de Castilla y León. Máxime cuando la tramitación no ha sido en absoluto transparente, la información pública no solo nunca ubicó la instalación en los términos que debía sino que se hizo de forma incompleta, ya que nunca se hizó información pública de la línea de evacuación a pesar que en otros expedientes de Tequi Solar (472/07, 473/07 y 474/07) sí que se llevó a cabo. La remisión de 3 documentos cuando en nuestro escrito de solicitud de copias detallábamos punto por punto la documentación exigida por el Decreto Decreto 127 de 30 de octubre de 2003 por el que se regulan las autorizaciones de instalaciones eléctricas en Castilla y León nos parece una burla. Creemos que no hay interés alguno en mostrar como ha sido la tramitación del expediente, ya que cuando se pudo ver, en la escasa hora que dispusimos aparecieron multitud de errores (distancia del núcleo urbano, planos erróneos, legislación errónea), desde luego no nos extrañan estos errores dadas las prisas que tienen en aprobar este tipo de proyectos (el proyecto de ejecución se resuelve en 8 días hábiles cuando el decreto establece unos 45 días). Sin embargo, para responder a los vecinos demoran más de un mes. Desde luego, para el Servicio Territorial de Industria hay prioridades y responder y atender adecuadamente a los ciudadanos, afectados seriamente por una actuación y tramitación irregular, no es una de ellas.
También nos surgen las siguientes preguntas a las que todavía no tenemos respuesta alguna:
3º)
Presentan la solicitud del proyecto de ejecucion modificado el 2 de diciembre y con un puente por el medio se resuelven de 14 dias (en 8 días hábiles incluyendo fecha de presentación y fecha de resolución), nos exraña la velocidad con que trabaja la junta toda vez que es un proyecto modificado y lo tendran que revisar mínimamente. Además si se hubiera remitido el expediente a organismos afectados el período mínimo que establece el Decreto 127 de 30 de octubre de 2003 por el que se regulan las autorizaciones de instalaciones eléctricas en Castilla y León es de 45 dias (artículos 13 y 14). De lo que cual pesar de haberlo solicitado separatas enviadas a los organismos afectados y condicionado (si lo hubiera) y no habernos dado ninguna respuesta, deducimos por ello que no se envió ninguna separata a ningun organismo afectado ni se esperó el período que establecen dichos artículos. Por otro lado, nos extraña que para resolver nuestro escrito de anulabilidad hayan tardado sin embargo más de un mes y para aprobar un proyecto de ejecución se resuelva en 8 días hábiles, incumpliendo los plazos que establece el propio Decreto.4ª) La línea de evacuación se realiza con anterioridad a la aprobación del proyecto de ejecución.. Y no sólo eso toda la instalación ya que se modificaron todos los elementos de las placas.
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