Archivo diario: 14 marzo, 2014

El cáncer: El secreto mejor guardado

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Otto-Heinrich-Warburg

* FUENTE: “EmpoderaSalud” / En el año 1931 el científico Otto Heinrich Warburg (1883-1970) recibió el premio Nobel por descubrir la causa primaria del cáncer en su tesis “La causa primaria y la prevención del cáncer”. Según el Sr. Warburg, el cáncer es la consecuencia de una alimentación antifisiológica y un estilo de vida antifisiológico.

¿Por qué?

Una alimentación antifisiologica (dieta basada en alimentos acidificantes y sedentarismo), crea en nuestro organismo un entorno de acidez y éste, a su vez, provoca la expulsión del oxígeno de las células. El Sr. Warburg afirmó:
 
“La falta de oxígeno y la acidosis son las dos caras de una misma moneda: cuando usted tiene uno, usted tiene el otro”.
“Las substancias ácidas rechazan el oxígeno; en cambio, las substancias alcalinas atraen el oxígeno”.
“Privar a una célula de oxígeno durante 48 horas puede convertirla en cancerosa”.
“Todas las células normales tienen un requisito absoluto para el oxígeno, pero las células cancerosas pueden vivir sin oxígeno (esta es una regla sin excepción)”.
“Los tejidos cancerosos son tejidos ácidos, mientras que los sanos son tejidos alcalinos”.

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Maltrato a la educación pública

José Ignacio Wert, titular del MECD en el Gobierno de Mariano Rajoy

José Ignacio Wert, titular del MECD en el Gobierno de Mariano Rajoy

Debo confesar que me ha costado leer la LOMCE completa. Mientras leía detenidamente esa ley ha habido momentos para todo: desde el aburrimiento hasta la indignación, pasando por la vergüenza ajena y el sonrojo. En muchas cuestiones se aprecia una acción simple y vulgar de copia-pega de leyes anteriores, pero además una acción de copia-pega mala, como si se hubiera intentado plasmar la LOCE de nuevo o alguna de las barbaridades de la actual LOE.

Eso demuestra la fijación del Gobierno conservador en muchos aspectos que, dicho sea de paso, va a traer cola. No tiene sentido ese afán por sacar adelante una ley rechazada por todos los sectores de la comunidad educativa, por una parte importante de la sociedad y por las organizaciones sindicales.

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El Banco CEISS condenado a devolver 90.000 € por obligaciones subordinadas

Afectados por  la venta fraudulenta de preferentes y subordinadas en Caja España-Duero (Banco Ceiss)

Afectados por la venta fraudulenta de preferentes y subordinadas en Caja España-Duero (Banco Ceiss)

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Salamanca entiende que Caja España (Banco Ceiss) omitió la información necesaria

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Salamanca entiende que Caja España (actualmente Banco Ceiss) omitió la información necesaria, legalmente obligada, y que “debido a esa falta de información concurre vicio del consentimiento por error” lo que determina la nulidad del contrato.

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¡Etarras: cadena perpetua – Ni olvido ni perdón!

ETA

Dos nuevas sentencias condenan a Banco Ceiss por participaciones preferentes

Anuncio de la fraudulenta Caja España (hoy integrada en CEISS)

Anuncio de la fraudulenta Caja España (hoy integrada en CEISS)

RAZÓN Y JUSTICIA / Dos nuevas sentencias dictadas por los Juzgados de Primera Instancia número 2 y número 4 de Ponferrada declaran la nulidad de dos contratos de suscripción de participaciones preferentes y condenan al Banco Ceiss a devolver a dos matrimonios de Bembibre, sin conocimientos ni experiencia en inversiones, 50.000 euros respectivamente. Los dos casos han sido defendidos por los abogados del Despacho Ábaco.

Las sentencias consideran que la entidad bancaria incumplió el deber legalmente exigible de informar adecuadamente a sus clientes de las características y riesgos del producto, quienes prestaron su consentimiento por error y sin realmente saber que estaban adquiriendo unos productos complejos y de riesgo. Dicha violación del deber de información implica, según la magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 2, la nulidad radical o de pleno derecho del contrato.

En ambos casos, Banco Ceiss deberá devolver a los demandantes la totalidad del dinero invertido, más los intereses legales desde la fecha de suscripción, y a los clientes a devolver los intereses percibidos. La entidad también deberá hacerse cargo de las costas de los dos juicios.