RAZÓN Y JUSTICIA / Dos nuevas sentencias dictadas por los Juzgados de Primera Instancia número 2 y número 4 de Ponferrada declaran la nulidad de dos contratos de suscripción de participaciones preferentes y condenan al Banco Ceiss a devolver a dos matrimonios de Bembibre, sin conocimientos ni experiencia en inversiones, 50.000 euros respectivamente. Los dos casos han sido defendidos por los abogados del Despacho Ábaco.
Las sentencias consideran que la entidad bancaria incumplió el deber legalmente exigible de informar adecuadamente a sus clientes de las características y riesgos del producto, quienes prestaron su consentimiento por error y sin realmente saber que estaban adquiriendo unos productos complejos y de riesgo. Dicha violación del deber de información implica, según la magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 2, la nulidad radical o de pleno derecho del contrato.
En ambos casos, Banco Ceiss deberá devolver a los demandantes la totalidad del dinero invertido, más los intereses legales desde la fecha de suscripción, y a los clientes a devolver los intereses percibidos. La entidad también deberá hacerse cargo de las costas de los dos juicios.
Publicado en Fraude Caja España-Duero