«El pasado 27 de mayo el Alto Tribunal hacía público un auto en el que admitía a trámite la querella interpuesta a priori por el sindicato Manos Limpias, a la que a posteriori se sumó la asociación Libertad e Identidad y la Falange -actualmente, expulsada del proceso- por declarase competente para investigar la Guerra Civil y el franquismo, saltándose la Ley de Amnistía de 1977.
El delito de prevaricación, tipificado en el artículo 446 del Código Penal, consiste en dictar resoluciones injustas a sabiendas de que lo son y es, según múltiples juristas, el hecho delictivo más grave que se le puede imputar a un juez respecto al ejercicio de sus funciones.
En el auto donde Garzón procesaba a Franco, Mola y Queipo de llano, el juez estrella afirmaba que “los hechos objeto de denuncia nunca han sido investigados penalmente por la Justicia española, por lo que hasta el día de la fecha, la impunidad ha sido la regla frente a unos acontecimientos que podrían revestir la calificación jurídica de crimen contra la Humanidad”. Olvidaba el magistrado que si no habían sido investigados es porque existe la Ley de Amnistía.»
FUENTE: Libertad Digital