145.000 euros. Esa podría ser la cantidad que tendría que pagar el empresario marbellí que permite, contrariamente a la ley, fumar en el asador del que es propietario. Esa es la propuesta de la Junta de Andalucía, basada en la resolución del expediente iniciado «al obviar de manera reiterada el requerimiento de la autoridad sanitaria».
En la notificación se ha informado al dueño de este establecimiento de que «la sanción se produce atendiendo al grado de intencionalidad, ya que el interesado en todo momento es consciente de la infracción que está cometiendo, y en ningún momento manifiesta que va a deponer su actitud».
Se le ha advertido también de que, «una vez iniciado el procedimiento sancionador, el órgano competente para resolver podrá adoptar mediante acuerdo motivado y como medidas provisionales que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento de la resolución que pudiera recaer y, en todo caso, para asegurar el cumplimiento de la legalidad y salvaguardia de la salud pública, entre otras medidas, la suspensión total o parcial de la actividad; la clausura de centros, servicios, establecimientos o instalaciones, y la exigencia de fianza».
Conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, se le comunica «la puesta de manifiesto del expediente, concediendo un plazo de 15 días para formular alegaciones y aportar los documentos e informes que estime convenientes».