Menos infartos desde la entrada de la Ley Antitabaco

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May 312012
 

La Fundación Española del Corazón (FEC) asegura que la implantación de leyes antitabaco como la puesta en marcha en España hace un par de años consigue reducir entre un 10 y 20 por ciento los infartos en Europa en los meses posteriores de su entrada en vigor, principalmente entre los jóvenes y los fumadores pasivos.

Así lo ha asegurado esta entidad con motivo del Día Mundial Sin Tabaco que se celebra este jueves 31 de mayo. De hecho, un estudio realizado en Alemania ya ha demostrado que tras el primer año de aplicación los ingresos hospitalarios por angina de pecho han disminuido en un 13,3 por ciento y los ingresos por infarto de miocardio, en un 8,6 por ciento. Continue reading »

Dic 192011
 

La Unión de Estanqueros de la Región de Murcia y la Asociación de Bares y Cafeterías de la Comunidad han coincidido en respaldar una posible modificación de la actual Ley antitabaco por parte del Gobierno central, de forma que se permita fumar, al menos, en espacios específicos y restringidos dentro de los locales. Continue reading »

El hostelero contrario a la Ley Antitabaco se expone a una dura multa

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Feb 082011
 

145.000 euros. Esa podría ser la cantidad que tendría que pagar el empresario marbellí que permite, contrariamente a la ley, fumar en el asador del que es propietario. Esa es la propuesta de la Junta de Andalucía, basada en la resolución del expediente iniciado «al obviar de manera reiterada el requerimiento de la autoridad sanitaria».

En la notificación se ha informado al dueño de este establecimiento de que «la sanción se produce atendiendo al grado de intencionalidad, ya que el interesado en todo momento es consciente de la infracción que está cometiendo, y en ningún momento manifiesta que va a deponer su actitud».

Se le ha advertido también de que, «una vez iniciado el procedimiento sancionador, el órgano competente para resolver podrá adoptar mediante acuerdo motivado y como medidas provisionales que resulten necesarias para asegurar el cumplimiento de la resolución que pudiera recaer y, en todo caso, para asegurar el cumplimiento de la legalidad y salvaguardia de la salud pública, entre otras medidas, la suspensión total o parcial de la actividad; la clausura de centros, servicios, establecimientos o instalaciones, y la exigencia de fianza».

Conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, se le comunica «la puesta de manifiesto del expediente, concediendo un plazo de 15 días para formular alegaciones y aportar los documentos e informes que estime convenientes».