Mar 242011
 

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha acordado, con el apoyo de la mayoría de sus 16 magistrados, declarar la no inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior lo que, en principio, imposibilitará su concurrencia a las elecciones del próximo mes de mayo, han informado fuentes del alto tribunal. Se han anunciado tres votos particulares de magistrados que discrepan de la decisión del resto.

De este modo, el Supremo estima las demandas interpuestas por la Abogacía del Estado y la Fiscalía contra Sortu y considera que la nueva formación es una mera sucesora de Batasuna, ilegalizada en marzo de 2003 por su vinculación con la organización terrorista ETA. Esta decisión, no obstante, es recurrible ante el Tribunal Constitucional.

La decisión, tras una deliberación de más de nueve horas  se ha alcanzado tan sólo un día después de que la  Sala del 61 concluyera la vista  pública para estudiar este asunto, que finalizó con los alegatos en favor de la ilegalización del representante de los Servicios Jurídicos de Estado Manuel Rivero y del  fiscal de Sala de lo Contencioso-Administrtivo  Antonio Narváez.

La defensa de la nueva marca de la izquierda abertzale, ejercida por los letrados Iñigo Iruin y Adolfo Araiz, había pedido  que se declarara justamente lo contrario, es decir, que Sortu no es continuación de Batasuna y que cumple con los requisitos de la Ley de Partidos Políticos.

A falta de dar a conocer el contenido íntegro del auto, lo que tendrá lugar en los próximos días, el alto tribunal ha anunciado que  la gran mayoría de magistrados que integran la denominada Sala del 61 ha apoyado la tesis del ponente de este procedimiento, Carlos Lesmes, en contra de la inscripción de Sortu, por entender que no cumple con los requisitos de la Ley de Partidos Políticos.

La decisión sobre Sortu ha dependido de una Sala especial del Tribunal Supremo, la del 61, cuya composición se ha modificado en casi un tercio desde que, en mayo de 2009, deliberó sobre la última candidatura de la izquierda abertzale, Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos (IISP), que fue anulada.

PRIMEROS VOTOS PARTICULARES SOBRE MARCAS DE BATASUNA

El caso de IISP y el de este miércoles son los únicos en los que la Sala del 61 ha visto rota su unanimidad frente a decisiones relacionadas con marcas electorales de la izquierda abertzale. En mayo de 2009 cinco magistrados discreparon de la decisión contraria a que IIPP pudiera presentarse a las elecciones europeas, si bien ninguno de ellos formalizó su postura mediante un voto particular, lo que sí ocurre en este caso.

Esta Sala especial está presidida por Carlos Dívar, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), y completan su composición los presidentes de cada una de las cinco salas que integran el alto tribunal y los magistrados más antiguos y más modernos de cada sala.

A día de hoy, la Sala está integrada por Dívar, los presidentes de la Sala de lo Civil (Juan Antonio Xiol Ríos), de lo Penal (Juan Saavedra Ruiz), Contencioso-Administrativo (José Manuel Sieira Míguez), Social (Gonzalo Moliner Tamborero) y Militar (Ángel Calderón Cerezo).

Como magistrados más antiguos están Xavier O’Callaghan Muñoz (Sala de lo Civil), Carlos Granados Pérez(Penal), Ricardo Enríquez Sancho (Contencioso), Aurelio Desdentado Bonete (Social) y José Luís Calvo Cabello (Militar).

Los más modernos, todos nuevos a la hora de deliberar sobre aplicación de la Ley de Partidos Políticos, son**Rafael Gimeno-Bayón Cobos (Civil), Alberto Jorge Barreiro (Penal), Carlos Lesmes Serrano (Contencioso) Manuel Ramón Alarcón Caracuel (Social) y Francisco Javier de Mendoza Fernández (Militar).

COMPOSICIÓN EQUILIBRADA

La composición de la actual Sala del 61 es bastante equilibrada, si bien una gran parte de sus magistrados pueden ser etiquetados como ‘progresistas’, como Gonzalo Moliner, Gimeno Bayón, Jorge Barreiro, Alarcón, Sieira, Calvo Cabello y Xiol Ríos.

Otros magistrados son de corte conservador -Calderón, Lesmes y Enríquez- mientras podría colocarse la etiqueta de ‘conservador-moderado’ al presidente Saavedra y a los magistrados O’Callaghan, Grandos y Desdentado.

Durante la vista celebrada los pasados lunes y martes por este asunto,  el representante de los servicios jurídicos del Estado Manuel Rivero defendió que Sortu es «el enésimo intento» del complejo ETA/EKIN para entrar en las instituciones democráticas e insistió en que sus promotores han tratado de aparentar una confrontación entre el sector militar y político de la organización que nunca ha existido.

Por su parte, el fiscal Narváez reclamó al Tribunal Supremo que evitara  el «verdadero fraude de ley y el abuso de derecho» con el que Sortu intenta colarse en las elecciones municipales y forales del 22 de mayo. «El hábito no hace al monje», afirmó en su alegato el fiscal, que advirtió además de que el partido «cumple aparentemente» el canon de legalidad pero «no acepta materialmente» sus planteamientos ya que en su «sombra» está la banda terrorista ETA, con la que no ha soltado «amarras».

Por su parte, el abogado de Sortu Iñigo Iruin manifestó que de permitirse la concurrencia de la nueva formación a las próximas elecciones, sus cargos estarán comprometidos en contra de la violencia incluso en el caso de que se rompa el alto el fuego declarado por la banda el pasado mes de enero. «Ya no hay vuelta atrás», ha afirmado el letrado, que ha asegurado que Sortu «no es pantalla de nada de de nadie» y que es la «herramienta eficaz» para el cierre definitivo de la violencia.

La Sala ha tenido en cuenta lo aportado por los demandantes como prueba documental y lo señalado por a cuatro testigos de la Policía Nacional y la Guardia Civil que coincidieron en los «signos evidentes» que constatan que ETA no tiene intención de abandonar las armas ni disolverse.

De hecho, los agentes de las Fuerzas de Seguridad que redactaron los informes sobre Sortu señalaron que la vinculación de esta formación política con ETA/Batasuna es tal que su presentación pública dependió del anuncio de alto el fuego por parte de la banda, emitido el 10 de enero de este año y que Sortu constituye la iniciativa de Batasuna para «refundarse».

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  One Response to “El Supremo impide a Sortu concurrir a las elecciones”

  1. El Supremo impide a Sortu concurrir a las elecciones http://fb.me/YSnQsd2z

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