Jul 192012
 

La Fiscalía de Reino Unido ha sugerido en un escrito remitido a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la conveniencia de dejar en libertad provisional al miembro de la banda terrorista ETA Anton Troitiño a la espera de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se pronuncie en firme sobre la aplicación de la conocida como ‘doctrina Parot’.

Troitiño debe presentarse el viernes ante la Justicia británica para la celebración de la vista de extradición. Está reclamado por la Audiencia Nacional después de que huyera tras quedar en libertad y antes de que los magistrados de la Tercera se inclinaran por alargar su pena hasta 2017 tras aplicarle la ‘Parot’.

De forma previa a la celebración de la vista, el Ministerio Público británico pregunta en la citada comunicación sobre el contenido y motivación de la Orden Europea de Detención (EOD) dictada por el órgano judicial español y si ésta se basa precisamente en la ‘Parot’, que ha sido cuestionada por el tribunal de Estrasburgo, que condenó la pasada semana a España a indemnizar con 30.000 euros a la etarra Inés del Río e instó a su excarcelación.

Los fiscales británicos preguntan, además, a la Audiencia si considera que la reciente doctrina afectaría a la situación de doctrino e inquiere sobre la intención de las autoridades españolas de recurrir la decisión del TEDH ante la instancia superior, la Gran Sala.

Tras formular estas preguntas la Fiscalía de Reino Unido ofrece dos posibles soluciones a la Justicia española. Sugiere a la Sección Tercera que o bien deje sin efecto la orden de busca y captura –lo que supondría que se acata la resolución de Estrasburgo– o bien le pide que acuerde la libertad provisional del etarra a la espera de que la resolución del tribunal europeo adquiera firmeza.

Troitiño, detenido en Londres el 29 de junio fue condenado a más de 2.700 años de cárcel por 22 atentados. Se encontraba en busca y captura desde el 20 de abril de 2011 tras ser puesto en libertad sólo siete días antes.

Logró fugarse aprovechando un error de la Audiencia Nacional, que le descontó el tiempo pasado en prisión preventiva del límite máximo de estancia en la cárcel (30 años) y no del conjunto de sus condenas. Aunque la polémica decisión fue subsanada una semana más tarde, para entonces Troitiño ya se había escapado.

La Audiencia Nacional acordó entonces revocar la puesta en libertad y dictó una orden de búsqueda y captura contra él. Esta decisión fue adoptada por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la misma que acordó su puesta en libertad, tras reunirse de forma urgente.

El etarra, condenado a más de 2.700 años de prisión por 22 atentados cometidos como miembro del ‘comando Madrid’, entre ellos el perpetrado en 1986 en la plaza de República Dominicana de Madrid, en el que fallecieron 12 guardias civiles, fue puesto en libertad tras pasar 24 años en prisión, pero no tendría que haber salido a la calle hasta 2017.

Be Sociable, Share!

Sorry, the comment form is closed at this time.