Ago 262011
 

El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y el Partido Popular (PP) han alcanzado en la madrugada de este viernes un acuerdo para reformar el artículo 135 de la Constitución Española, según el comunicado hecho público por el Grupo Socialista del Congreso.

«El PSOE y el PP entienden que es oportuno en este momento político sentar ya las bases de un acuerdo sobre la Ley Orgánica a que se refiere el artículo 135 de la Constitución Española, que debe ser aprobada con urgencia antes del 20 de junio de 2012», señala el documento.

Según el acuerdo pactado entre ambos grupos, la Ley Orgánica fijará en un 0,4 por ciento el déficit estructural global máximo del conjunto de las administraciones públicas a partir del año 2020.

Este límite se distribuirá de la siguiente manera: el déficit estructural en que podrá incurrir el Estado no superará el 0,26 por ciento del PIB nacional, mientras que las Comunidades Autónomas no podrán superar el 0,14 por ciento de su PIB. Por su parte, las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

«La Ley Orgánica establecerá los criterios para la reducción progresiva del nivel de deuda, de acuerdo con el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con el objetivo de alcanzar en 2020 el límite contemplado en el artículo 135», reza el comunicado.

Los límites presentados podrán ser objeto de revisión en 2015 y 2018 a iniciativa de cualquiera de las partes que suscriben este acuerdo.

«A los efectos del contenido de la citada Ley Orgánica, se entenderá por saldo estructural aquel que se deriva de no considerar los riesgos de los gastos públicos relacionados con las expansiones y recesiones normales en los ciclos económicos, garantizando así la sostenibilidad a largo plazo de los servicios públicos fundamentales», agrega el texto.

De esta manera, ambos grupos parlamentarios –al amparo de lo establecido en los artículos 166 y 167 de la Constitución Española y en el artículo 146.1 del Reglamento de la Cámara– se dirigen a la mesa del Congreso de los Diputados para presentar la proposición de reforma constitucional.

TEXTO FINAL DEL ARTÍCULO

El artículo 135 de la Constitución Española queda redactado como sigue:

«1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.

Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.

El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:

a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.

c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

Disposición adicional única

1. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.

2. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.

3. Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.

Disposición final única

La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España».

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los grupos parlamentarios socialista y popular han señalado en la exposición de motivos que, debido a las repercusiones de la globalización económica y financiera, la estabilidad presupuestaria adquiere un valor estructural que hace que sea necesario llevar el principio de referencia a la Constitución a fin de «reforzar la confianza en la estabilidad de la economía española a medio y largo plazo».

«Más de treinta años después de la entrada en vigor de la Constitución, formando parte España de la Unión Económica y Monetaria Europea (…) y siendo cada vez más evidentes las repercusiones de la globalización económica y financiera, la estabilidad presupuestaria adquiere un valor verdaderamente estructural y condicionante de la capacidad de actuación del Estado», apunta el documento.

«Para llegar hasta aquí, la salvaguarda de la estabilidad presupuestaria ya supuso un instrumento imprescindible para lograr la consolidación fiscal que nos permitió acceder a la Unión Económica y Monetaria y fue posteriormente recogida en normas de rango legislativo», agrega.

En este sentido, señala que «la actual situación económica y financiera, marcada por una profunda y prolongada crisis, no ha hecho sino reforzar la conveniencia de llevar el principio de referencia a nuestra Constitución, al objeto de fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española a medio y largo plazo».

«La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española persigue, por tanto, garantizar el principio de estabilidad presupuestaria, vinculando a todas las administraciones públicas en su consecución, reforzar el compromiso de España con la Unión Europea y, al mismo tiempo, garantizar la sostenibilidad económica y social de nuestro país», apostilla.

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