A partir del 1 de enero de 2015, los miembros de la Familia Real no podrán viajar gratis en vuelos comerciales, aceptar regalos personales «que puedan comprometer la dignidad de sus funciones institucionales» ni beneficiarse de favores o servicios ofrecidos en condiciones ventajosas por su mera condición de miembros de la Familia Real, ha anunciado este jueves la Casa del Rey.
Tal y como se comprometió el nuevo equipo de Felipe VI al mes de su proclamación, la Casa del Rey ha elaborado una normativa interna para regular los regalos que se hagan a los miembros de la Familia Real, que en la actualidad ha quedado limitada a los Reyes Don Felipe y Doña Letizia, sus hijas la Princesa de Asturias y la Infanta Sofía, el Rey Don Juan Carlos y la Reina Doña Sofía.
También ha establecido un código de conducta para todos los empleados que trabajan para la Casa del Rey, quienes estarán obligados a mantener «un comportamiento ejemplar que contribuya» a que los ciudadanos crean, sientan respeto y confíen en la institución, han explicado en una sesión informativa con medios de comunicación fuentes del Palacio de la Zarzuela.
Sin confesar abiertamente que hasta la fecha miembros de la Familia Real han disfrutado de billetes de avión gratuitos con ciertas aerolíneas comerciales, un portavoz de la Casa ha dejado claro que con la nueva regulación este tipo de ventajas no tendrá cabida.
«Los miembros de la Familia Real no podrán aceptar regalos que por su alto valor económico, finalidad o interés comercial o publicitario, o por la propia naturaleza del obsequio, puedan comprometer la dignidad de las funciones institucionales que tengan o les sean atribuidas», reza uno de los principios generales de la normativa.
Con este nuevo régimen de regalos, Felipe VI no podría aceptar como obsequio, por ejemplo, un coche de lujo como los dos Ferrari que el primer ministro emiratí y jeque de Dubai, Mohamed bin Rashid Al Maktum, regaló al Rey Don Juan Carlos a finales de 2011 en el marco de una visita privada.
El monarca cedió los coches a Patrimonio Nacional –que van a subastarse–, pero en un supuesto similar con la nueva regulación no se aceptaría ese regalo y así se comunicaría a quien pretende hacer el obsequio, han puesto como ejemplo las citadas fuentes.
La nueva norma impedirá asimismo, por citar otro ejemplo, que los miembros de la Familia Real disfruten para su uso particular de vehículos que les haya cedido alguna marca de automoción, como fue el caso del coche eléctrico que Mitsubishi dejó probar durante un mes a la Reina Doña Sofía durante sus vacaciones en Mallorca en 2010.
«No habrá servicios prestados a la Casa Real que no tengan su correspondiente retribución económica», ha insistido un portavoz de Zarzuela.
Así las cosas, la Familia Real solo podrá aceptar regalos institucionales (los que conceden autoridades nacionales o extranjeras en el marco de visitas oficiales) o personales, siempre y cuando no excedan «los usos habituales, sociales o de cortesía», que es el límite que introduce la Ley de Transparencia, que entrará completamente en vigor el próximo 10 de diciembre, para los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración General del Estado.
PUBLICIDAD DE LOS REGALOS
Todos los regalos institucionales pasarán a pertenecer a Patrimonio Nacional, dependiente del Ministerio de la Presidencia. Casa Real publicará en su página web la relación de regalos institucionales recibidos con periodicidad anual.
Cuando los regalos personales excedan dichos usos, pero se considere que pueden ser aceptados, pasarán a tener el mismo tratamiento que los regalos institucionales «o bien serán cedidos a una entidad sin ánimo de lucro que persiga fines de interés general». La Casa del Rey no dará publicidad a los regalos personales aceptados ni a aquellos cedidos a alguna entidad sin ánimo de lucro.
Será una comisión formada por altos cargos de la Casa del Rey la que valorará cada regalo –teniendo en cuenta su valor histórico, estético o económico– y propondrá su calificación como institucional o personal. En el caso de los obsequios personales que no vayan a disfrutar los miembros de la Familia Real, la Casa del Rey decidirá si los cede a Patrimonio Nacional o a una entidad sin ánimo de lucro que persiga fines de interés general.
El nuevo régimen de regalos impedirá asimismo a la Familia Real aceptar «préstamos sin interés o con interés inferior al normal del mercado». Tampoco podrán quedarse regalos en metálico. En este último caso, lo devolverán o lo donarán a una «entidad sin ánimo de lucro que persiga fines de interés general».
La norma detalla incluso qué ocurre en el caso de que reciban premios o reconocimientos que comprendan una dotación económica. «Deberá procederse a ceder su importe a una entidad sin ánimo de lucro que persiga fines de interés general», establece el régimen.
Menciona también el caso de aniversarios o celebraciones de carácter singular de algún miembro de la Familia Real en los que se presuma que darán lugar al ofrecimiento de regalos. Cuando se dé esta situación, «se establecerá un régimen propio que será objeto de información pública», promete la norma.
Aborda asimismo las eventuales herencias que dejen en favor de algún miembro de la Familia Real personas que no tengan una relación familiar con ellos, como fue el caso del legado del empresario menorquín Juan Ignacio Balada.
«Podrán ser aceptadas cuando así se considere procedente», dice la norma. Eso sí, los bienes «deberán incorporarse a Patrimonio Nacional o ser entregadas a instituciones públicas o entidades sin ánimo de lucro para la consecución de fines de interés general, salvo que las disposiciones incluyan un destino o finalidad específica cuyo cumplimiento se requiere para su aceptación».
Al margen del régimen de regalos, la Casa del Rey ha elaborado un código de conducta para todos sus empleados, tanto los altos cargos como el resto del personal cuyas nóminas pagan otros Ministerios pero que están destacados en la Casa.
Estos trabajadores deberán abstenerse de comportamientos que «puedan afectar negativamente a la imagen y prestigio de la Casa»; no podrán
intervenir en operaciones financieras o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto en la Casa y no podrán «prevalerse de su condición de miembro de la Casa para obtener alguna ventaja en beneficio propio o de terceros, ni aceptar trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada».
Estas son algunas de las 20 normas de conducta que establece el código, que no especifica sanciones en caso de incumplimiento.
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