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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha concluido la causa contra el ex jefe militar de ETA Ignacio Gracia Arregui, ‘Iñaki de Rentería’ por el secuestro del funcionario de prisiones Ortega Lara, al considerar que no existen indicios suficientes para continuar la investigación en su contra.
Esta decisión supone una confirmación total de la libertad del ex jefe de ETA. De hecho, la conclusión de la causa supone el levantamiento de las medidas cautelares impuestas a ‘Rentería’ que, a partir de ahora, podrá abandonar el territorio español si así lo desea y no tendrá que comunicar su domicilio.
En opinión del magistrado no existe «indicio mínimo» que acredite que ‘Rentería’ tuviera «dominio» del secuestro del funcionario de prisiones y añade que ni siquiera existen datos que le relacionen indirectamente con los hechos.
Pedraz ha dictado esta resolución después de tomar declaración este lunes a uno de los secuestradores de Lara, el miembro de ETA Jesús María Uribecheberría, que aseguró en una declaración policial que ‘Iñaki de Rentería’, utilizaba el alias ‘Gorosti’ y ordenó prolongar el secuestro un año a pesar del patente estado de debilidad del funcionario de prisiones tras seis meses retenido.
No obstante, Uribecheberría no ha confirmado ante el juez este testimonio por lo que Pedraz considera que «no se sigue en modo alguno» de sus palabras la participación de ‘Rentería’ en el secuestro.
Uribecheberría ha manifestado hoy que ‘Rentería’ no tenía nada que ver con el secuestro del funcionario de prisiones y ha añadido que no conoce a nadie con el alias ‘Gorosti’. «Gorosti es un arbusto y no conozco a nadie al que llamen así», ha dicho el miembro de ETA al juez.
Pedraz señala en su auto que su decisión de cerrar la investigación va más allá de esta declaración y se basa también en el hecho de que no existen pruebas que relacionen a ‘Gorosti’ con la orden de retener a Lara.
Es decir, el hecho de que ‘Rentería’ y ‘Gorosti’ fueran la misma persona –como demostraron los informes caligráficos de la Guardia Civil y la Policía que obraban en la causa y admite el juez– no constituye, en opinión de Pedraz, «base» suficiente para procesar a Gracia Arregui por un delito de detención con fines terroristas.
«Hay base para identificar al uno y al otro con la misma persona pero nada más», dice el magistrado que añade que la declaración inculpatoria de Uribecheverría «no tiene valor alguno» dado que al tratarse de un coimputado no tenía la obligación de decir la verdad.
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