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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada pasado mes de diciembre por la Audiencia Nacional que absolvió al ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi de la comisión de un delito de enaltecimiento del terrorismo por su participación un mitin celebrado en el velódromo de Anoeta de San Sebastián, en noviembre de 2004. Dos magistrados han anunciado voto particular respecto a la decisión de la mayoría.
Una Sala presidida por el magistrado Julián Sánchez Melgar e integrada por los jueces Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela, Manuel Marchena y José Manuel Maza, quien se ocupa de la ponencia del caso, ha celebrado este miércoles una vista pública para revisar la resolución de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional.
En menos de dos horas de deliberación, la Sala ha decidido desestimar el recurso presentado por la Fiscalía, que solicitaba que los ex dirigentes de Batasuna Arnaldo Otegi, Joseba Álvarez y Joseba Permach fueran condenados a 18 meses de prisión por un delito de enaltecimiento.
Aún así, dos de los cinco magistrados que integran la Sala han anunciado que emitirán voto particular respecto de la decisión de la mayoría, han informado fuentes del alto tribunal.
En su día, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional señaló que durante el mitin de Anoeta el portavoz de Batasuna no ensalzó a la banda sino que defendió «la conveniencia y necesidad de un proceso de diálogo y negociación para la resolución del conflicto de manera pacífica y democrática».
El Tribunal Supremo también ha confirmado las absoluciones que en la misma causa se acordaron respecto de Joseba Permach y Joseba Álvarez. La Audiencia Nacional dictaminó que no fueron «autores concretos» de la exhibición de imágenes de etarras durante el acto y de la distribución de propaganda de la organización terrorista.
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