El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves de forma definitiva la reforma de la Ley Concursal y con ello ha dado vía libre a la modificación que, a partir de julio de 2012, impedirá que los clubes deportivos en suspensión de pagos eviten el descenso de categoría por deudas.
Hasta ahora, a los clubes sujetos a un procedimiento concursal no se les aplica la sanción de descender de categoría por no pagar las deudas pendientes con la Seguridad Social, con sus deportistas o con otros acreedores. Prevalece el criterio de que su clasificación es un activo de la entidad que no debe perderse porque haría peligrar sus ingresos.
Con ese sistema, son muchos los clubes de fútbol y de otros deportes que se han acogido a la Ley Concursal, poniéndose voluntariamente en manos de un juez, para así asegurarse de que las deudas no les harían perder la categoría, mientras que los demás equipos, que aseguran destinar sus recursos al pago de deudas para no entrar precisamente en un concurso de acreedores, se sienten discriminados.
Para romper con esa dinámica, el Gobierno incluyó en su proyecto de reforma de la Ley Concursal una disposición adicional para dejar claro que la sujeción al procedimiento concursal «en todo caso no impedirá la aplicación de las disposiciones con rango de ley reguladoras de la participación en la competición».
EVITAR INTERFERENCIAS EN LA COMPETICIÓN
Según argumentaba el Ejecutivo, se trata de «evitar interferencias indeseables en las competiciones deportivas» pues «el incumplimiento de las reglas de juego exigibles para poder participar en ciertas competiciones deportivas por parte de las entidades concursadas, compromete a la competición en su conjunto y a los potenciales competidores».
«Con esta reforma se pretende evitar las distorsiones que pueden plantear tanto la aplicación de una lógica exclusivamente económica a las actividades deportivas, como la preterición absoluta de legislación que regula la participación en competiciones deportivas, evitando así el uso indeseado o abusivo de ciertos instrumentos previstos en la Ley Concursal y garantizando la estabilidad e igualdad en las competiciones deportivas», sostenía el Gobierno.
Frente a ello, el PP presentó una enmienda para mantener la situación actual alegando que la aplicación de las normas deportivas podría poner en serio peligro la supervivencia de las entidades deportivas declaradas en concurso» pues les obligaría a perder «todos los ingresos derivados de taquillas, abonos, derechos televisivos, patrocinios institucionales, contratos o derechos de imagen, y, a su vez, se cercena la posibilidad de futuros traspasos».
EN SEIS MESES, UNA LEY ESPECÍFICA
Para llegar a un acuerdo, el PSOE ofreció dejar que sea el Gobierno el que, en los seis meses posteriores a la entrada en vigor de la reforma, presentase un proyecto de ley específico sobre las especialidades de los clubes deportivos en fase concursal, sin renunciar mientras tanto al objetivo del Gobierno de permitir que estos equipos puedan descender de categoría en caso de impagos.
Así se fraguó el acuerdo en el Congreso el pasado mes de julio, que se ratificó sin cambios en el Senado hace una semana. Este jueves ha llegado la aprobación definitiva de la reforma, cuyos efectos se verán el 31 de julio de 2012, cuando se aplique ya sin excepciones el precepto que determina que los clubes que no están al día en el cumplimiento de sus obligaciones salariales con los deportistas u otro club, bajan de categoría.
En declaraciones a Europa Press, fuentes del Consejo Superior de Deportes (CSD) expresaron su «satisfacción» por que esta iniciativa del Gobierno, a instancias del propio CSD, «beneficiará la gestión de los clubes de fútbol».
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