Los jueces han desestimado la pretensión de la empresa concesionaria de resolver el contrato de proyecto, ejecución y explotación de la obra del tren Móstoles-Navalcarnero
Archivado en: MÓSTOLES, TRIBUNALES, TSJM, C5, TREN MÓSTOLES-NAVALCARNERO
16/3/2018 - 08:32
El proyecto de la línea de Cercanías que pretendía ampliar el trayecto de la C5 entre Móstoles y Navalcarnero, cuya construcción y posterior explotación se adjudicó en 2007 a una empresa que paralizó las obras en 2010 de forma unilateral, abre ahora un nuevo capítulo en sus procesos judiciales. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de dar la razón a la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Móstoles al rechazar la pretensión de la concesionaria, participada en su mayoría por OHL, de resolver el contrato de ejecución y explotación de esta infraestructura. Para los magistrados, no había motivos justificados para ello y dan la razón a la Consejería de Transportes, que no hizo caso a la intención de la compañía de acabar el acuerdo “por causas imputables a la Administración, al entender que no aportó cantidades relevantes para su desarrollo”.
Hay que tener en cuenta además que la empresa entró en fase de concurso de acreedores tras el pacto alcanzado el año pasado por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Móstoles, año en el que además esta presentó un recurso contencioso administrativo por daños y perjuicios ocasionados por el contrato que impulsó la Comunidad de Madrid por una cantidad que supera los 300 millones, cuestión sobre la que esta sentencia no se pronuncia.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Por otro lado, la sentencia, a la que ha tenido acceso GENTE y contra la que cabe recurso de reposición, considera injustificada que la compañía reclame al Consistorio los 50 millones de euros a los que se había comprometido la Corporación a cambio de que la adjudicataria llevase a cabo las obras de soterramiento de las vías desde el cruce de la carretera A-5 hasta la estación de Móstoles Central y la prolongación del ferrocarril en el plazo de cuatro años desde la firma del convenio de colaboración; algo que no hicieron. “Es impensable considerar que venia obligado a aportar la nada considerable cantidad a fondo perdido sin contraprestación alguna por parte del concesionario”, según recoge el documento. Cemonasa ya ha dicho que recurrirá la sentencia ante el Supremo.
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