La Diputación de León esestima el recurso de Asaja contra la convocatoria de ayudas a entidades agrarias de la provincia para la mejora de las producciones. El informe de la administración señala que lo que debe prevalecer en las bases de la convocatoria es el principio de igualdad y no el precedente de que durante 20 años se hayan redactado igual. El diputado Matías Llorente no intervino en la votación del órgano colegiado y la participación de la diputada Avelina Vidal, en la que afirman que no concurre interés personal, no fue relevante para el resultado
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gentedigital.es
11/1/2021 - 18:55
La Diputación de León, de acuerdo a los informes técnico-administrativos y jurídicos obrantes en el expediente, ha resuelto desestimar el recurso de reposición interpuesto por Asaja contra las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones en concurrencia competitiva a organizaciones profesionales agrarias y entidades asociativas agroalimentarias. Según argumentaba el sindicato agrario, que ya manifestó públicamente su rechazo a la nueva forma de articular estas ayudas institucionales con criterios ajustados a las necesidades actuales y abriendo la participación a otros colectivos como las cooperativas y sociedades de transformación, no se ha respetado la aplicación del "precedente administrativo" en la redacción de las bases lo que, consideran, sería motivo de nulidad o, en su defecto, anulabilidad, de las mismas.
No obstante, los informes emitidos al efecto por la administración provincial, que se sustenta en la legislación vigente y con soporte de una nutrida jurisprudencia al respecto, concluyen aduciendo que la aplicación del precedente "no tiene sentido en la actividad que realiza la administración dentro de su capacidad de autoorganización administrativa en el marco de la ley", como es el sacar unas bases de ayudas. "La administración es la competente para definir los objetos perseguidos con las ayudas, el modo en que pueden ser conseguidos y las condiciones para su otorgamiento", y que en todo este proceso lo que debe prevalecer no es el precedente, sino el principio de igualdad, por mucho que los criterios que la asociación impugnante pide que se mantengan a la hora de redactar las bases "hayan sido iguales durante al menos dos décadas", pues solo cabría que así fuera si tal forma de proceder hubiera tenido refrendo judicial.
Por otra parte, Asaja solicitaba además la nulidad o, subsidiariamente, anulabilidad de las bases de la convocatoria "por infracción del deber legal de abstención de dos miembros de la junta de gobierno". Se refieren en concreto a los diputados Matías Llorente y María Avelina Vidal por ser miembros de la ejecutiva de una de las entidades candidata a percibir las ayudas. En relación a este motivo de impugnación, desde la Administración han señalado que el primero de ellos, Matías Llorente, no participó en el órgano colegiado que aprobó la convocatoria, mientras que la actuación de la segunda no resultó de relevancia para el resultado del acuerdo. Tal y como se detalla con refrendo asimismo de argumentos legales y jurisprudenciales, "la actuación desarrollada por quien debería haberse abstenido no implica necesariamente invalidez" y añaden que, en el marco de un órgano colegiado, como es el caso, "habrá de estarse a la relevancia de la participación del sujeto en la decisión" resultando anulable únicamente si esa "participación resulta sustancial". Teniendo en cuenta que el acuerdo se adoptó por unanimidad, descartan cualquier tipo de relevancia en la actuación de la diputada en la que, además, no existe interés individualizado alguno, "ni en su ámbito personal ni patrimonial", por el resultado del acuerdo, pues "no podría ser ella la beneficiaria de las contrataciones que subvenciona la convocatoria".
En definitiva, ateniéndose a la motivación esgrimida en los informes, la Diputación ha resuelto desestimar el recurso de reposición interpuesto por Asaja contra la convocatoria de ayudas que, con un importe de 210.000 euros, está dirigida a subvencionar la contratación de técnicos, organizaciones profesionales agrarias (OPAs) y entidades asociativas agroalimentarias, cooperativas y sociedades agrarias de transformación (SATs), para la mejora de las producciones agrícolas, ganaderas y agroalimentarias.
Según se recogía en las bases de dicha convocatoria, ante la gran necesidad de asistencia técnica detectada en los últimos años en el sector, la institución provincial, a través del área de Desarrollo Rural, procedía a actualizar la convocatoria de ayudas institucionales a las organizaciones agrarias con criterios ajustados a las necesidades actuales y abriendo la participación a otros colectivos como las cooperativas y sociedades de transformación.
La convocatoria establecía un límite de ayuda por beneficiario de 10.000 euros en el caso de los solicitantes que hubieran realizado una contratación y de 20.000 euros para los que justificasen dos contrataciones de técnicos veterinarios, ingenieros agrónomos, ingenieros técnicos agrícolas, biólogos o graduados equivalentes, y están destinadas a costear hasta el 90% de las nóminas y costes de seguros sociales de este ejercicio.
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