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TRIBUNALES / El procesado también ha sido considerado culpable de otro delito de atentado

El jurado popular declara culpable de asesinato al vecino de Redipuertas acusado de matar a su prima

El jurado popular ha declarado por unanimidad a Leandro Avelino L. F., vecino de Redipuertas (León), culpable de un delito de asesinato y de otro de atentado porque ha considerado como probado que el procesado disparó con una escopeta a su prima carnal, una mujer de 61 años, que falleció instantes después ya que una bala le seccionó la aorta. Los hechos se remontan al 1 de junio de 2013.

Archivado en: veredicto, jurado, Redipuerta, prima, asesinato

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gentedigital.es / Europa Press
28/5/2016 - 00:14

Además, el jurado popular también ha considerado probado que Leandro Avelino agredió con un cuchillo a los agentes que intentaron detenerle tras el crimen, cuando se escondió en un paraje cercano, en una cueva conocida como Pozo de los Infiernos, donde también se autolesionó.

Por estos hechos, la Fiscalía ha solicitado para el acusado 22 años de prisión, 18 por un delito de asesinato y cuatro por un delito de atentado a la autoridad. También una indemnización de 115.000 euros para la pareja de la víctima, 58.000 euros para su hija, mayor de edad en el momento de los hechos, y 10.000 euros para su madre.

Por su parte, la acusación particular ha pedido 20 años de prisión por el delito de asesinato y cuatro años más de cárcel por el delito de atentado a la autoridad, así como las mismas indemnizaciones que el Ministerio Fiscal.

Durante el juicio, el propio acusado reconoció haber disparado y matado a su prima, y precisó que lo hizo tras una fuerte discusión que ambos mantuvieron. No obstante, aseguró que nunca tuvo intención de matarla y que no recordaba lo que había ocurrido minutos antes del crimen.

No obstante, su defensa ha sostenido durante todo el procedimiento que acabó con la vida de su prima, pero que lo hizo porque padece un trastorno esquizoide y paranoide que le inhabilita para conocer el alcalde real de sus actuaciones.

Además, ha asegurado que antes de cometer el crimen había ingerido mucha cantidad de alcohol, que potenció su problema mental. Por todo ello, en un principio solicitó la libre absolución, pero ha modificado su planteamiento para pedir un máximo de 15 años por el delito de asesinato, y otro año más por el de atentado, al considerar que no existía voluntad de cometer este delito.

Pese a esto, el jurado popular no ha considerado probado que el acusado estuviera intoxicado como consecuencia del alcohol en el momento de cometer los hechos y tampoco su trastorno mental, sino que ha argumentado que conocía perfectamente las consecuencias de sus actos.

El juicio ha quedado visto para sentencia la noche de este viernes. Será ahora el magistrado presidente del tribunal del jurado, quien, siguiendo el veredicto dictado hoy, redacte la sentencia.

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