Un juez sustituto continuará con la instrucción del caso Garañón mientras que se tramita el escrito de recusación del exsecretario xeral del PSdeG José Ramón Gómez Besteiro, que la jueza Pilar de Lara ha admitido a trámite este mismo viernes, tras ser obligada a dar el paso por un auto de la Audiencia provincial Lugo.
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gentedigital.es / Europa Press
22/4/2016 - 20:53
LUGO, 22 (EUROPA PRESS)
En una providencia, la jueza hace constar que la recusación queda "admitida a trámite", por lo que, conforme con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "tanto el proceso principal, como esta pieza separada de recusación, se sustanciarán por el juez sustituto reglamentario, sin que la instrucción se detenga o se suspenda".
A tal fin, determina que los autos pasen a Sergio Orduña, magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Lugo, "sustituto reglamentario" del Juzgado de Instrucción número 1 y, en consecuencia, de Pilar de Lara.
La admisión a trámite llega tras un auto de la Audiencia Provincial que ha revocado el auto de la magistrada por el que decidió no admitir el escrito de recusación presentado por la defensa del anterior líder de los socialistas gallegos.
SIN VALORAR EL FONDO DE LA CUESTIÓN
En concreto, este auto de la Audiencia obligaba a De Lara a dar trámite a un recurso que pone en duda su imparcialidad y que, inicialmente, rechazó de plano. Eso sí, el alto tribunal lucense puntualizaba que no "entra a valorar el fondo de la cuestión", sino tan solo la admisión del escrito.
En concreto, los letrados de Besteiro pidieron el pasado mes de diciembre la recusación de la instructora debido a su "animadversión" hacia uno de ellos, Cándido Conde-Pumpido, después de que Pilar de Lara decidiese hacer pública correspondencia electrónica entre ambos ajena al caso.
Sin embargo, la jueza no admitió este incidente de recusación con los argumentos de que se presentó "fuera de plazo" y con un "carácter manifiestamente infundado y abusivo"; ante lo cual el socialista llegó a amagar con acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Así es que De Lara planteó el asunto a la Audiencia Provincial, que ahora ha revocado su decisión.
VISIÓN DEL TRIBUNAL
En su auto, la Audiencia de Lugo rechazó los dos razonamientos empleados por la magistrada para inadmitir el recurso, al no compartir "que sea extemporáneo" y al sostener que el escrito de los abogados está "fundamentado".
En primer término, recalcó que "no puede negarse la existencia de unos hechos (...) que, con independencia de la valoración que respecto a ellos pueda hacerse, y que no corresponde a este momento procesal, marcan un hito temporal distinto sobre el que puede articular el apelante la pérdida de objetividad" de Pilar de Lara.
En cuanto al segundo asunto, indicó que, "con independencia del éxito" que pueda tener la petición de recusación de la jueza, en su escrito los abogados "fundamentan cuáles son los motivos por los que estima que la jueza debería apartarse del conocimiento" del caso.
Por todo ello, y desde la perspectiva de que "el juez no sólo ha de ser, sino también parecer, ajeno a la cuestión que ha resolver y a las personas interesadas en ella", el tribunal provincial dictaminó que De Lara no puede decidir sobre su propia recusación sino que "ha de efectuarse por un órgano diferente".
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