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Primer paso para el testamento digital y el derecho al olvido en la red

El Congreso comienza la tramitación de la nueva ley de Protección de Datos. La norma regula la gestión de los contenidos en Internet por parte de los descendientes de un fallecido. Los medios 'online' tendrán que rectificar informaciones erróneas.

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GENTE
10/10/2018 - 14:06

El Congreso ha dado esta semana el primer paso para reformar la Ley de Protección de Datos e incluir algunas novedades en la legislación española, como la regulación del testamento digital, así como el derecho al olvido y de rectificación en Internet, entre otros puntos.

Al cierre de estas líneas se esperaba que todos los grupos parlamentarios apoyasen en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados este proyecto de ley que supone la adaptación a la normativa europea, aunque todavía deberá pasar por el Pleno y por el Senado.

GESTIÓN DE CONTENIDOS
Entre los principales cambios que recoge la norma está la regulación del conocido como testamento digital, que permita que los herederos o familiares directos, siempre que el fallecido no lo haya prohibido expresamente, puedan gestionar o suprimir todos sus contenidos 'online', desde información, cuentas bancarias o en redes sociales, entre otros.

Además, se hará especial mención al derecho al olvido y a la rectificación en Internet. Este último ha sido criticado por asociaciones de periodistas, que denuncian que se trata de "un límite excesivo a la libertad de expresión".

En concreto, la ley extiende el derecho a rectificar informaciones inexactas o perjudiciales para la imagen en los medios de comunicación a las redes sociales y las plataformas digitales. Estos servicios deberán tener protocolos específicos en relación con los contenidos que atenten contra el derecho al honor, la intimidad personal y familiar y personal en Internet y el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz.

Cuando los medios digitales deban atender la solicitud de rectificación deberán proceder a la publicación en sus archivos digitales de un aviso aclaratorio que ponga de manifiesto que la noticia original no refleja la situación actual del individuo. "Dicho aviso deberá aparecer en lugar visible junto con la información original", exige la ley pactada por todos los partidos.

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Catorce años para las redes:

A pesar de estos cambios, la edad mínima para crearse una cuenta en redes sociales, entre otros, se mantendrá en los 14 años, pese a que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) había propuesto rebajarlo a los 13.

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