Las trabajadoras de Astillero podrán recibir una ayuda mensual de 50 euros durante un año si tienen hijos menores de tres años. Su base imponible no deberá superar los 26.000 euros en caso de tributación individual o los 38.000 euros si es conjunta.
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gentedigital.es
10/11/2010 - 08:42
Las mujeres de Astillero vinculadas a empresas mediante un contrato vigente podrán recibir una ayuda mensual de 50 euros durante un año si tienen hijos menores de tres años o mayores de esa cifra que no hubieran iniciado la escolarización voluntaria en guarderías y/o centros de educación infantil. También podrán recibir la ayuda para la contratación de cuidadores, siempre que estén empadronados en el municipio. En el caso de que se acredite la no existencia de plazas vacantes, se aceptaría los gastos en guarderías y/o centros de educación infantil de otras localidades. Asimismo, para recibir la subvención será necesario que la parte general de la base imponible, restada de la cuota resultante de la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta, no supere los 26.000 euros, en caso de tributación individual o los 38.000 euros, si es conjunta. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Astillero a lo largo del mes de noviembre.
Esta medida se recoge en la Ordenanza Municipal aprobada por el Ayuntamiento de Astillero y en la que se establecen las bases que regulan desde la concesión de ayudas destinadas a incentivar la creación de empleo mediante la contratación de desempleados, hasta ayudas que fomenten la transformación de contratos temporales en indefinidos, especialmente si son mujeres las contratadas para empleos con menor índice de ocupación femenina, así como las destinadas a promover el trabajo por cuenta propia en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo de trabajadores desempleados, y el apoyo a las empresas en la calificación de I+E (Iniciativa de Empleo). La ordenanza puede verse en su totalidad, además de ser descargada, en la página web del ayuntamiento (ww.astillero.es), en el apartado Normativa Municipal. Asimismo, en el teléfono 942 76 60 00 se atenderá cualquier consulta o duda.
Resumen de las ayudas recogidas en la ordenanza
-Ayudas a la contratación de desempleados
Hasta 600 euros para la contratación indefinida, incrementándose dicha cantidad en un 20% si el desempleado es mujer, menor de 25 años o mayor de 45 años. Si se transforman los contratos temporales en indefinidos la ayuda será de 360 euros.
-Ayuda a la contratación de la mujer en ocupaciones con menor índice de empleo femenino
Hasta 700 euros para la contratación indefinida a jornada completa y de 420 euros si se transforman los contratos temporales en indefinidos a jornada completa.
-Ayudas al empleo autónomo en el ámbito de las nuevos yacimientos de empleo y la calificación de empresas como I+E
600 euros con carácter general, incrementándose dicha cantidad en un 20% si el desempleado es mujer, menor de 25 años o mayor de 45 años. En el caso de proyectos empresariales calificados como I+E la aportación municipal será de 300 euros
-Ayudas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las mujeres trabajadoras por cuenta ajena
La ayuda será de hasta 50 euros por cada hijo y mensualidad acreditada, con un máximo de 12 meses. Para poder ser beneficiaria de esta ayuda, los ingresos no deberán superar los 26.000 euros en el caso de tributación individual y 38.000 euros, tanto si se trata de tributación conjunta como sumando las dos declaraciones individuales, en el caso de que la unidad familiar tribute de ese modo.
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