La Gerencia Regional de Salud y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad de Castilla y León -CEMS, SATSE, UGT, CCOO, CSIF, USCAL y SAE- han acordado los criterios para garantizar el futuro laboral del personal del Hospital General Yagüe cuyos servicios se van a externalizar con motivo de la puesta en marcha del nuevo Hospital Universitario de Burgos.
Archivado en: Sanidad, nuevo hospital universitario de Burgos, personal, sindicatos
gentedigital.es
29/10/2010 - 13:12
El acuerdo tiene como primer objetivo establecer un foro permanente de negociación y diálogo social sobre política de personal en los ámbitos relacionados con la apertura del nuevo hospital burgalés, así como ofrecer diferentes opciones de reclasificación y traslado en función del vínculo que une a cada uno de los trabajadores (personal estatutario no sanitario) con SACYL.
En total son 307 profesionales pertenecientes a ocho servicios (archivo, almacén general, cocina, lavandería, limpieza, mantenimiento, esterilización y centralita) y 17 categorías laborales.
Queda por tanto fuera del compromiso todo el personal destinado en alguno de los servicios citados pero que no pertenezca a las categorías relacionadas en el apartado anterior. Este personal será reubicado en otros servicios del hospital, y será el perteneciente a las categorías de Administrativo (3 trabajadores), Arquitecto Técnico (1), ATS/DUE (3), Auxiliar Administrativo (24), Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (13), Celador (11), Ingeniero Técnico (2) y Técnico en Dietética (3). En total son 60 profesionales (44 personal fijo y 16 personal interino).
En el texto, que comenzó a negociarse hace seis meses y que ha sido posible gracias a un proceso marcado por la prudencia y la responsabilidad, se ofrecen al personal afectado varias opciones, según el vínculo que mantienen con la Administración.
PARA EL PERSONAL FIJO:
1- Personal fijo con plaza en propiedad y destino definitivo:
➢ Incorporación a la sociedad concesionaria como personal laboral de la misma, respetándose las condiciones laborales de origen y en los términos contenidos en el documento:
- Pasará a situación de servicios bajo otro régimen jurídico [artículo 65 Ley 55/2003]
- Reconocimiento del derecho de tiempo a afectos de antigüedad
- Derecho a la reincorporación al servicio activo en la misma categoría y área de salud de origen o, si no fuera posible, en áreas limítrofes (durante los 3 primeros años).
➢ Mantenimiento del vínculo jurídico y condiciones laborales del personal estatutario, con designación de un Interlocutor designado por la Gerencia del centro de entre el personal del mismo:
- El personal en comisión de servicios en el Hospital General Yagüe que opte por esta posibilidad, podrá participar en las convocatorias de promoción interna temporal que convoque dicho centro hospitalario.
- Las plazas ocupadas en comisión de servicios por este personal, se declararán a extinguir, al efecto de que dicho personal no pueda ser desplazado, y no podrán ser convocadas, debiendo ser amortizadas cuando queden vacantes.
➢ Traslado a otra plaza del Servicio de Salud de Castilla y León, en las condiciones que tenía antes de optar, indicando el trabajador la opción de traslado que desea. Si no hay vacante, la Gerencia Regional garantiza el traslado de conformidad con los sistemas de provisión de la Ley del Estatuto Jurídico.
2- Personal fijo con reserva de plaza:
➢ Por comisión de servicios en otro centro dependiente de la Gerencia o de otro Servicio de Salud:
- Podrán ejercitar cualesquiera de las opciones señaladas, referida a su plaza reservada en el Hospital General Yagüe.
- El personal sustituto que esté ocupando en el Hospital General Yagüe las plazas reservadas al personal en comisión de servicios en otro centro de la Gerencia u otro Servicio de Salud, estará vinculado a la opción que ejercite aquel a quien sustituye.
➢ Por promoción interna temporal en otra categoría:
-Podrán ejercitar cualesquiera de las opciones señaladas, referidas a su plaza reservada.
Las plazas de estas dos categorías que opten por la opción de mantenimiento del vínculo estatutario se declararán a extinguir, al efecto de que dicho personal no resulte desplazado.
La situación del personal sustituto que esté ocupando en el Hospital General Yagüe plazas reservadas al personal en promoción interna temporal, estará vinculado a la opción que ejercite aquel a quien sustituye.
➢ Por encontrarse en situación administrativa distinta de la de servicio activo que implique reserva de plaza:
- Opción en relación con su plaza reservada, sin que ello conlleve reingreso en el servicio activo (opción obligada por cuanto que es una información precisa para la ubicación del sustituto que se encuentra en su plaza reservada).
3- Personal en situación distinta de la del servicio activo y sin reserva de plaza por la Gerencia de Atención Especializada de Burgos:
- Este personal deberá solicitar el reingreso al servicio activo antes de la supresión de las plazas, para poder ejercitar cualesquiera de las opciones señaladas.
- Si no hay reingreso en el servicio activo en ese momento podrá solicitarlo después y en cualquiera de las áreas de Sacyl.
PARA EL PERSONAL INTERINO Y EVENTUAL:
El personal interino que entra en el ámbito del acuerdo firmado hoy podrá optar por integrarse como personal laboral de la concesionaria, respetándose sus condiciones laborales de origen. En todo caso cesará como personal dependiente de Sacyl.
En caso de estar en situación que conlleve reserva de plaza se le permite optar, pero sin que ello deba implicar la reincoporación a su plaza. El personal sustituto que esté ocupando la plaza reservada estará vinculado a la opción de aquel a quien sustituye.
Además, la concesionaria realizará contratos de carácter indefinido y no cabrán los despidos improcedentes.
PARA EL PERSONAL SUSTITUTO:
Este personal estará vinculado a la opción que ejercite el personal a quien sustituye.
El texto recoge la creación de dos figuras importantes para el normal desarrollo de todo el proceso de integración, como son el interlocutor permanente y la comisión de seguimiento.
En cuanto al interlocutor permanente, la Gerencia del Hospital designará a una persona perteneciente al mismo que se encargará de asignar las funciones a realizar por el personal fijo que ejercite la opción de permanecer en SACYL, y comunicará a la sociedad concesionaria las sugerencias, incidencias y demás cuestiones relacionadas con la organización del trabajo que sean planteadas por los trabajadores.
La comisión de seguimiento estará compuesta por miembros de la Gerencia Regional de Salud, la sociedad concesionaria y las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial del Personal de las Instituciones Sanitarias Públicas firmantes del documento, cuyas funciones serán las siguientes:
- Velar por el cumplimiento de lo establecido.
- Realizar el seguimiento de las cuestiones que afecten a las condiciones de trabajo del personal afectado y que puedan producirse como consecuencia de la opción ejercitada.
- Controlar que todas aquellas decisiones adoptadas por la sociedad concesionaria que impliquen modificación de plantilla o reestructuración de personal no incidan en las condiciones laborales que deba mantener el personal afectado por la externalización.
La composición de la Comisión de Seguimiento será la siguiente:
- Presidente: Gerente del Complejo Asistencial de Burgos.
- Dos vocales pertenecientes a la Gerencia Regional de Salud.
- Dos vocales pertenecientes a la sociedad concesionaria.
- Cinco vocales pertenecientes a las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial sanitaria.
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