La Diputación Provincial de Burgos, con la finalidad de favorecer la permanencia del mayor número posible de los empleados en sus domicilios durante el tiempo que dure la actual situación de emergencia y aislamiento social, formulará mañana lunes el correspondiente Decreto en el que, entre otras cuestiones, se determinará a propuesta de los responsables de las diferentes Jefaturas o áreas administrativas, el funcionamiento de los Servicios Mínimos.
Archivado en: Coronavirus. Estado de Alarma. Burgos. Diputación
gentedigital.es
15/3/2020 - 14:34
Además, ha establecido las siguientes instrucciones:
- Mañana lunes, día 16 de marzo, sólo deberán acudir a su puesto de trabajo los Jefes de Servicio, Jefes de Sección o responsables de áreas administrativas o técnicas y los trabajadores adscritos funcionalmente a dichas unidades cuya presencia, a juicio de aquéllos, se considere precisa para mantener las exigencias de actividad que, en sus respectivos ámbitos de gestión, deban seguir atendiéndose.
- A efectos de la determinación del personal que mañana día 16 de marzo debe de acudir a sus puestos de trabajo, aparte de los responsables de las diferentes unidades administrativas, y sin perjuicio de su concreción ulterior más detallada, se aconseja tener en cuenta, en la medida de lo posible, las situaciones especiales que puedan tener los empleados respecto de cargas familiares, atención a personas mayores o personas con discapacidad.
- Mañana lunes se analizará con los responsables de las unidades administrativas, aparte del plan de servicios mínimos a aplicar durante todo el período de vigencia del estado de alarma, la posibilidad de que los empleados públicos que permanezcan en sus domicilios puedan realizar, en aquellos supuestos en que sea posible en razón a los medios de que se disponga y de la naturaleza y características de sus funciones, los trabajos que les sean encomendados conforme a los protocolos o instrucciones que se ordenen por los responsables de las Jefaturas a las que estén adscritos con supervisión de la Secretaría General y con sujeción estricta a las medidas y criterios de seguridad informática que se establezcan al efecto.
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