El PP pedirá aclaración porque entienden que deberían poder recurrir
Archivado en: ALCORCÓN, TRIBUNALES, SECRETARIO GENERAL DEL PLENO
17/12/2018 - 17:17
El Juzgado Contencioso Administrativo número 9 de Madrid ha declarado nulo el cese por decreto de Alcaldía del secretario general del Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón realizado en 2017.
La sentencia, fechada a 13 de diciembre y contra el que no cabe recurso, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge la estimación parcial del contencioso-administrativo. En el fallo se reconoce el derecho del demandante a ser "reincorporado a su puesto", con el abono de las diferencias retributivas dejadas de percibir, "con todos los efectos administrativos inherentes a dicho puesto de trabajo" y con imposición de costas a la Administración.
El secretario general del Pleno de Alcorcón fue cesado el 8 de noviembre de 2017 a través de un decreto de Alcaldía en el que se aludía a "la pérdida de confianza quebrada en la realización de sus actos", según se recogía el documento al que tuvo acceso Europa Press.
El habilitado nacional ocupaba ese cargo de libre designación desde el año 2008 por lo que el Gobierno local insistió en remarcar que aunque "se le podría haber sustituido hace seis años, durante ese tiempo no sólo no lo ha hecho, sino que jamás se ha adoptado un solo acuerdo en contra de su criterio, respetando y haciendo respetar escrupulosamente su figura".
En este sentido, explicaron que lo hacían entonces porque "era momento de realizar un cambio, al igual que en otras ocasiones se ha hecho con concejales, directores, eventuales y otros habilitados nacionales, siempre dentro del absoluto respeto a la legalidad".
En el decreto, fechado a 30 de octubre de 2017, se decía que "en el caso del enjuiciado, ninguna tacha de ilegalidad puede hacerse al cese de la resolución recurrida, ya que la causa del mismo es la pérdida de confianza".
Asimismo, se explicaba que "partiendo de que es un destino de libre designación, constituye en definitiva la simple expresión de la facultad discrecional que tiene la autoridad competente". Tras conocerse estos hechos el 28 de diciembre del mismo año la oposición un pleno extraordinario en el que aprobaron "la revocación de este cese" al considerarlo arbitrario.
El afectado terminó interponiendo un recurso de reposición contra esta decisión, en el que además solicitaba una indemnización por daños morales tras alegar "acoso laboral".
En la sentencia, que acaba de conocerse, el juez explica que "resta por dar respuesta" a los 20.000 euros que solicita el demandante al considerar que "el recurrente no alega cuales son esos daños morales concretos por los que considera que debe ser indemnizado", añadiendo que "el acoso, único motivo que alega el recurrente, es necesario acreditarlo; y el mismo no queda debidamente justificado en su significación jurídica".
En lo que sí falla a su favor es en la anulación del cese puesto que, según explica el magistrado, se establece que "de todo lo expuesto se deduce que el alcalde no motivó suficientemente el decreto de cese del secretario general, y que la decisión tomada por dicho órgano municipal lo fue con desviación de poder", a pesar de ser un cargo de libre designación.
PP PIDE ACLARACIÓN
Por su parte, la tercera teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Alcorcón, Ana Gómez, ha señalado a Europa Press que respetan las sentencias judiciales pero que pedirán aclaración porque creen que deberían poder recurrir, "creemos que tenemos derecho a apelación".
Entienden que ha habido un error en la parte del fallo de la sentencia que dice que "no cabe recurso, al haber fijado la cuantía del proceso la parte actora en 26.000 euros, sin que la demandada haya alegado nada en contra".
En este sentido, Gómez afirma que los abogados de la Administración pidieron que fuera indeterminada y que "tanto en este caso, como si la cuantía superase los 30.000 euros, sí que habría opción a interponer recurso".
Un punto "importante", según ha detallado, ya que en otros casos parecidos al que trata esta sentencia y que han tenido lugar en municipios colindantes "se ha terminado dando la razón al Ayuntamiento en última instancia". Según ha explicado, el cese de un puesto de libre designación "es un tema puramente administrativo, muy jurídico, muy estricto y que afecta a recursos humanos" y a la manera de motivarlo.
De cualquier forma, a su parecer "lo importante" es que "el Tribunal ha dicho que "no hay acoso a esta persona". "Dejemos de frivolizar con esos temas. No ha habido acoso nunca, jamás a ese señor, ni tampoco daños morales", ha aseverado.
La concejal también ha apuntado que "siempre le han respetado muchísimo, a pesar de no estar de acuerdo en algunas cosas", por eso cree que "han jugado mucho tanto él como la oposición".
Desde el PSOE también ha habido reacciones a la sentencia. Los socialistas han celebrado la decisión del magistrado, aseverando que así se hace justicia sobre un cese que "carecía de justificación alguna", ya que "fue fruto de los diversos desencuentros producidos en varias sesiones plenarias en las que el alcalde mostró su carácter más dictatorial e intransigente".
"La única motivación del regidor, David Pérez, para cesar al mismo se basó en la negativa del Secretario a la hora de avalar todas sus decisiones y la forma de ejercer la Presidencia del Pleno según determina el Reglamento Municipal", han reiterado, insistiendo que esta sentencia avala la moción presentada por los Grupos Municipales Socialista, Ganar Alcorcón e IUCM-LV en el que se solicitaba la revocación de dicho cese "al considerarla claramente arbitraria y consecuencia de la intolerancia del primer edil".
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