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caso carrasco: LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA

Condenas máximas para Monserrat (22) y Triana (20) y mínima para Raquel Gago (5)

La Audiencia Provincial de León ha absuelto a la agente de Policía Municipal Raquel Gago del delito de asesinato que causó la muerte a la presidenta de la Diputación provincial, Isabel Carrasco, lo que contrasta con el veredicto del Jurado Popular, que determinaba que la agente era también culpable de asesinato. La condena es de 5 años. La sentencia condena por el asesinato de la dirigente 'popular' a Monserrat González y Monserrat Triana Martínez, madre hija. A la primera, se le impone la pena de 19 años de prisión como autora de un delito de asesinato más otros tres años por delito agravado de tenencia ilícita de armas. Para Triana, se imponen penas de 17 años y seis meses como coperadora necesaria en el delito de asesinato, así como otros dos años y medio por delito agravado de tenencia ilícita de armas, lo que suma un total de 20 años de cárcel.

 

Martínez Carrión
10/3/2016 - 14:22

Como un hecho premonitorio, la 2 de TVE emitía en la noche del miércoles la película "Mi hija Hildegart", cuyo argumento recuerda en muchos aspectos la relación madre-hija entre Monserrat y Triana y el desenlace del asesinato de Isabel Carraco, presidenta de la Diputación el 12 de mayo de 2014. En la película, basada en un hecho real sucedido en 1933, en plena II República español, la madre, Aurora Rodríguez, asesina a sangre fría a su hija, Hildegart, a la que había criado y educado como una superdotada con el fin de que liderase la liberación de la mujer. A los 18 años, Hildegart era licenciada en Derecho y Filosofía y Letras y estudiaba Medicina, era vicepresidenta de las Juventudes Socialistas y una reconocida conferenciante, que se codeaba con los grandes intelectuales de la época en Europa.
Pero, a los 18 años, Hildegart quiso ser libre y emanciparse de la sobreprotección que su madre ejercía sobre ella. La madre estaba obsesionada con que los servicios de inteligencia de Gran Bretaña pretendían captar a su hija y separarla de ella. Era una obsesión enfermiza. Y antes que dejarla machar, prefirió asesinarla. Para que no se desviase de su objetivo en la vida, que no era otro que liderar el proceso de liberación de la mujer. En este caso, la madre no asesinó a quien acosaba a su hija porque era una organización, los servicios secretos británicos, por lo que no tuvo más remedio que desviar su obsesión patológica hacia su hija, convirtiéndola en víctima.
El juicio contra Aurora Rodríguez se parece mucho al que se ha seguido en León hace unas semanas contra Monserrat por el asesinato de Isabel Carrasco. Al igual que la protagonista de esta película -muy recomendable para los fans del juicio por el asesinato de Carrasco- , Monserrat no se arrepintió nunca de su acción criminal y la justificó alegando que "era ella o mi hija". Los mismos argumentos que esgrimió Aurora Rodríguez en el caso Hildegart.
En ambos casos, los peritos psiquiatras, a propuesta de las defensas, argumentaron en el juicio que la madre padecía una patología paranoide, agravada con una obsesión enfermiza de persecución. En ambos casos, el jurado popular rechazó la versión de los psiquiatras y consideraron absolutamente cuerdas a las asesinas, con la aplicación consiguiente de la máxima pena por asesinato, alevosía y premeditación.
En aquel entonces, 1933, Aurora Rodríguez fue condenada a 26 años de cárcel; hoy, en 2016, Monserrat González, ha sido condenada a la pena máxima de 22 años (19 años por asesinato y atentado y 3 años por tenencia ilícita de armas), además de una indemnización de 75.000 euros a la hija y a la pareja de la víctima y a abonar las costas procesales.
La hija, Triana Martínez, ha seguido la misma suerte y ha sido condenada a un total de 20 años de prisión (17 años y medio por asesinato y atentado y dos años y medio por tenencia ilícita de armas). Lo que se esperaba, ya que el Jurado popular dejó bien claro y argumentada la culpabilidad de las dos acusadas. Sobre la madre, Monserrat, no había ninguna duda, ya que ella asumió la autoría desde el primer día y siempre aseguró, con notable frialdad, que no se arrepentía de lo que había hecho.
Sobre la hija, Triana, también ha recaído todo el peso de la Justicia por ser, según el Jurado y el juez, cómplice y cooperadora necesaria en el crimen. No ha habido piedad con ella. Su inteligencia le permitió en su día discernir sobre lo que estaba bien o mal y decidió seguir el juego de su madre y actuar con toda la maldad posible contra su exprotectora y amiga, Isabel Carrasco. La eximente de acoso por parte de Carrasco tampoco ha sido tenida en cuenta por el juez a la hora de dictar sentencia.
RAQUEL GAGO
Lo más sorprendente de la sentencia ha sido la mínima condena a Raquel Gago, la policía local de León, amiga de Triana, con la que tomó un té en su casa a mediodía del día del crimen y con la que se vio minutos más tardes en la calle, delante de su coche y en el que Triana depositó el arma del crimen. Su silencio durante treinta horas sobre sus encuentros con Triana en el día del crimen parecía incriminarla, pero no ha sido así.
El Jurado popular fue muy duro en su veredicto contra Raquel, a la que acusó de los mismos delitos de asesinato, atentado y tenencia ilícita de armas. Por todo ello se esperaba una sentencia más dura, unos 10 años de prisión. Tampoco ha sido así. El juez ha practicado una auténtica moción de censura contra el Jurado popular, anulando algunas de sus consideraciones y rebajando la responsabilidad de Raquel al mero encubrimiento, al encontrase el arma del crimen en su coche.
En cualquier caso, el juez ha tenido en cuenta lo que no valoró el Jurado, es decir que las dudas razonables siempre benefician al acusado. Y sobre la actuación de Raquel Gago siempre hubo muchas dudas, sobre todo porque nunca se encontró un motivo razonable para que una mujer policía, eso sí un poco taimada e introvertida, pero con la vida solucionada en todos sus aspectos, aceptase participar en un plan preconcebido para asesinar a una persona a la que no conocía personalmente. La amistad con Triana nunca fue considerado un motivo suficiente.
Raquel Gago seguirá en libertad provisional, ahora más justificada que nunca tras su leve pena, aunque para ello tenga que hipotecar o poner como aval su piso de León. Sus compañeros de la Policía Local de León ya pueden brindar con limonada semanasantera. Su presión corporativista ha resultado eficaz.
Su polémico abogado defensor, Fermín Guerrero, quien desapareció un día entero al inicio del juicio en el mes de enero, poniendo en peligro la continuidad de la vista oral, también ha salido bien parado. Nunca sabremos los motivos de su desaparición y el juez ha considerado que su actuación sólo es reprobable con una multa de mil euros. Muy barato ha salido el estado de alarma y la inquietud que creó en León y en toda España la desaparición injustificada de este letrado.
Ello ha motivado una serie de rumores en León sobre esa desaparición, incluso se habla de la existencia no probada de un vídeo y hasta de una especie de conspiración político-judicial basada en el chantaje. Una sombra no aclarada de este juicio que da lugar a especulaciones de todo tipo. El juez ha tenido en su mano acabar con toda la rumorología, pero ha preferido mirar para otro lado y no entrar de lleno en este asunto. Una multa, un cachete cariñoso en la nuca y una breve admonición. Muy barato.
Pero el caso por el asesinato de Isabel Carrasco no ha acabado. Ni mucho menos. Sólo se ha sustanciado el primer capítulo. Ahora quedan los recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y, posteriormente, ante el Tribunal Supremo. Otros dos años de morbo y polémica.

 

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