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Colectivos culturales se desmarcan del proceso para elegir nueva dirección en TEA y vuelven a pedir su nulidad

IAC Instituto de Arte Contemporáneo, MAV Mujeres en las Artes Visuales, la UNIÓN_AC Unión de Artistas Contemporáneos de España y AICAV Asociación Islas Canarias de Artistas Visuales han remitido una carta al consejero de Cultura del Cabildo de Tenerife, José Carlos Acha, en la que se desvinculan del proceso de elección de la nueva dirección de Tenerife Espacio de las Artes (TEA) y piden la nulidad del proceso.

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14/5/2024 - 17:55


SANTA CRUZ DE TENERIFE, 14 (EUROPA PRESS)

IAC Instituto de Arte Contemporáneo, MAV Mujeres en las Artes Visuales, la UNIÓN_AC Unión de Artistas Contemporáneos de España y AICAV Asociación Islas Canarias de Artistas Visuales han remitido una carta al consejero de Cultura del Cabildo de Tenerife, José Carlos Acha, en la que se desvinculan del proceso de elección de la nueva dirección de Tenerife Espacio de las Artes (TEA) y piden la nulidad del proceso.

En una misiva remitida a los medios de comunicación tanto IAC como AICAV --las otras dos asociaciones no fueron convocadas-- declinan la invitación del Cabildo a formar parte del concurso como 'observadores' ya que ha sido impugnado y no hay respuesta a su recurso de alzada.

En su opinión, "lo que procede por parte del órgano convocante es la estimación del recurso presentado y en consecuencia la declaración de nulidad de la convocatoria impugnada y la publicación de una nueva convocatoria ajustada a la legalidad vigente", tal y como se ha solicitado en el escrito de impugnación.

Los cuatro colectivos, que muestran su "sorpresa" por que se haya dejado fuera a MAV Mujeres en las Artes Visuales, la UNIÓN_AC Unión de Artistas Contemporáneos de España, remarcan que el 8 de marzo ya presentaron un recurso de alzada en el que reclamaban una nueva resolución de convocatoria y bases con criterios de valoración "claros y objetivos".

"Entendemos que esta invitación no solventa el recurso presentado debido a que lo que la ley establece es que debe identificarse a los individuos que componen el tribunal, además en cuanto personas, porque la Ley de Procedimiento Administrativo establece la recusación o la abstención de aquellos que tengan algún interés personal y que pueden ser también rebatidos por los que se presenten y que tengan a alguien en el tribunal que es un enemigo manifiesto o que es una amistad íntima", apuntan.

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