Tribunales.-Recurren al Supremo los 28 condenados por el macrocaso de corrupción 'Poniente'
El exalcalde de El Ejido (Almería) Juan Enciso, el ex interventor municipal José Alemán y los otros 26 condenados en la macrocausa 'Poniente' por corrupción política y empresarial en el municipio entre los años 2002 y 2009 han presentado recursos de en casación al Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia dictada por la Audiencia de Almería.
14/5/2024 - 16:34
ALMERÍA, 14 (EUROPA PRESS)
El exalcalde de El Ejido (Almería) Juan Enciso, el ex interventor municipal José Alemán y los otros 26 condenados en la macrocausa 'Poniente' por corrupción política y empresarial en el municipio entre los años 2002 y 2009 han presentado recursos de en casación al Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia dictada por la Audiencia de Almería.
Según el auto consultado por Europa Press, la defensa de Enciso argumenta que el fallo del tribunal de la Sección Tercera "no expresa clara y terminantemente cuáles son los hechos que se consideran probados" y considera que resulta "manifiesta" la "contradicción entre ellos".
Añade, además, que se consignan en la sentencia como hechos probados "conceptos que, por su carácter jurídico, implican la predeterminación del fallo".
Juan Enciso, regidor con el PP y, posteriormente, con la escisión PAL, fue condenado a cinco años y tres meses de prisión y 13 años de inhabilitación por malversación continuada de caudales públicos "de especial gravedad" en concurso medial con una falsedad continuada en documento mercantil.
La defensa del exalcalde impugna el fallo, asimismo, porque, a su juicio, ha sido objeto de "una inicial investigación prospectiva" que supondría una "vulneración" de su derecho de defensa, como también el "desarrollo" de la misma dando lugar a que se haya "vulnerado su derecho a un proceso sin dilaciones indebidas".
Alega una "aplicación indebida" en relación a la autoría y a la participación en los delitos de Enciso y alude a una infracción de precepto legal "debiendo haberse rebajado la pena en dos grados por la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas", así como a "error en la apreciación de la prueba".
Por otro lado, el ex interventor municipal José Alemán recurre la sentencia al estimar que existe "insuficiencia de prueba de cargo" para sustentar la condena, una "falta de motivación" en el fallo del que es ponente el magistrado Jesús Martínez Abad y una aplicación "retroactiva de una norma desfavorable".
Argumenta que la sentencia atribuye "erróneamente" valor probatorio "a la adhesión de un coimputado" y hace referencia a un "error en la apreciación de la prueba basada en documentos" y en la "aplicación de la legislación que regula a los funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional" y "las funciones de interventor en la empresa mixta Elsur", considerada eje clave de la trama que detrajó de las arcas públicas más de 58,8 millones de euros.
La Audiencia Provincial de Almería impuso a Alemán penas que suman siete años y seis meses de cárcel por malversación continuada y cohecho pasivo, además de inhabilitación especial por periodo de 19 años.
Por el lado de las acusaciones, no ha recurrido la Fiscalía Anticorrupción aunque sí el Ayuntamiento de El Ejido y la Abogacía del Estado en representación de la Agencia Tributaria (AEAT).
EL AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO PIDE MÁS PENA PARA EL EX ALCALDE
El ayuntamiento ejidense ha solicitado al Supremo que revoque parcialmente la sentencia y condene al exalcalde por los delitos de cohecho pasivo y societario de los que resultó absuelto y por lo que interesó en la vista oral penas de nueve años de prisión, 12 años de inhabilitación especial y multa de mas de 60,7 millones de euros.
El Ayuntamiento estima que resulta "más que evidente" que él y "su familia" recibían "dádivas y favores de forma repetida de numerosas personas "con una relación contractual", bien con el consistorio o bien con Elsur.
En el escrito indica, asimismo, para alegar la existencia "probada" de delito societario, que el ex alcalde, junto a otros de los condenados, "permitieron" como "integrantes" del Consejo de Administración de Elsur y de la junta general "el sistema de subcontratas, y sobrefacturaciones y facturaciones ficticias que suponía unos sobrecostes considerables, que soportaba el Ayuntamiento".
Añade que ese sistema "acababa lucrando a las subcontratas" de los grupos empresariales Amate y Galán y al socio privado de Elsur, participada a un 70 por ciento "por Abengoa", pero "sin llegar a reportar beneficio alguno" a la empresa mixta, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.
Con respecto al delito de cohecho pasivo, el Ayuntamiento se explaya y ahonda que "las dádivas o favores" que habrían recibido Enciso y "su familia" es "muchas en especies como trabajos de jardinería gratuitos a su hija y a su hermano, asumidos por la subcontrata en cuestión de Elsur, o las obras en la sede del PAL, usando medios materiales y auxiliares de la empresa mixta y pagados por la empresa mixta", así como "las obras de operarios de Elsur en el cortijo del alcalde".
Señala, asimismo, que habría sido "intermediario", de acuerdo a las intervenciones telefónicas, para que Elsur "abonase cantidades debidas a muchos acusados, obteniendo inmediatamente dinero de los mismos, dinero que dice recibir en préstamo, pero que nunca devolvió" y remarca que "queda más que acreditada la existencia de numerosas dádivas por parte de empresarios condenados en la causa por cohecho activo".
La acusación particular solicita, asimismo, que condene al cuñado del exalcalde, para quien pidió en el juicio oral diez meses de prisión y el pago de una multa de 20 millones de euros por un delito de tráfico de influencias. También le atribuye una responsabilidad civil o indemnización al ayuntamiento de 5,5 millones.
Considera que, con su empresa, "contrató a dedo" con el consistorio y con Elsur, "sin procedimiento de licitación alguno y sin posibilidad de competencia" y mediante contratos "de menor cuantía" y en una "situación objetiva de prevalimiento en su condición del cuñado del alcalde".
ELEVA LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL "DESFALCO" A 84,5 MILLONES
En el escrito de anuncio de recurso, el Ayuntamiento ejidense también discrepa de la cuantía de responsabilidad civil fijada en la sentencia de la Audiencia Provincial y la eleva a 84,5 millones de euros, ya que suma al desfalco de Elsur el causado a las arcas públicas por parte de las subcontratas de la trama.
De esta cuantía correspondiente a todas las sobrefacturaciones que se han efectuado al Ayuntamiento de El Ejido, hace responsable para enfrentar el pago de 78,1 millones de euros a Enciso, su mujer y la empresa en común, y al ex interventor municipal, su mujer y la mercantil Sistemas de Dirección, a través de que, según la sentencia, "cobró mordidas de cerca de 7,5 millones de euros".
"El daño causado al Ayuntamiento por los directivos de Elsur y las empresas de las que dependían, no se limitó a las sobrefacturaciones de los Grupos Abengoa y Agua y Gestión, sino también a las que se admitieron de los grupo Amate, Galán, Lirola y Urdial Mariyya", sostiene.
Con respecto a Abengoa, el Ayuntamiento reprocha que el tribunal "limitase" las indemnizaciones por el fraude a las arcas municipales a los años 2002 y 2003. Solicita, asimismo, que se condene al ex interventor municipal por un delito continuado societario a la pena de tres años de prisión y pago de multa de 60,7 millones de euros.
LA ABOGACÍA DEL ESTADO RECURRE LA ABSOLUCIÓN POR DELITOS FISCALES
La Abogacía del Estado también ha recurrido la sentencia ya que absolvió a los acusados de la "pluralidad" de delitos fiscales que les imputaba y por los que solicitaba más de 19,9 millones de euros en concepto de responsabilidad civil por fraude en el IVA e impuesto de sociedades entre 2003 y 2009. El tribunal consideró como único perjudicado del "desfalco" al Ayuntamiento.
En su fallo, de marzo de 2023, el tribunal no entró en el fondo de los delitos contra la Hacienda Pública, también imputados por Anticorrupción, y concluyó que no procedía enjuiciamiento ya que los acusados no declararon en sede de instrucción sobre los hechos configuradores de estos delitos fiscales y societarios.