Archivo 28 noviembre, 2012

Diputados de a pie

Iniciativa legislativa popular para reformar el Congreso de 2012:

1. El diputado será asalariado solamente durante su mandato. Y tendrá
jubilación proveniente solamente del mandato realizado.
2. El diputado contribuirá al Régimen General de la Seguridad Social como el resto de ciudadanos. El fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social. El diputado participará de los  beneficios del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad.
3. Si el diputado desea un plan de pensiones privado, debe pagárselo de su bolsillo.
4. El diputado dejará de votar su propio aumento de salario.
5. El diputado dejará su seguro actual de salud y participará del mismo
sistema de salud que los demás ciudadanos españoles
6. El diputado debe igualmente cumplir las mismas leyes que el resto de los españoles.
7. Servir en el Congreso es un trabajo, no una carrera. Los diputados deben cumplir sus mandatos (no más de 2 legislaturas) y luego reincorporarse a la vida laboral previa a su etapa de servicio público.

Además de estas reivindicaciones, creo necesario:
8. Eliminar instituciones obsoletas o duplicadas: Senado (como pedía yo en otra entrada y como piden más de 37.000 páginas) y diputaciones provinciales.
9. Limitar los asesores:
  • Presidente del Gobierno: máximo de 10 asesores.
  • Ministros, Presidentes Autonómicos y alcaldes de ciudades de más de 1 millón de habitantes: máximo de 5 asesores.
  • Consejeros autonómicos y alcaldes de ciudades entre 500.000 y 1 millón de habitantes: máximo de 3 asesores.
  • Alcaldes de ciudades entre 100.000 y 500.000 habitantes: máximo de 2 asesores.
  • Alcaldes de ciudades entre 20.000 y 100.000 habitantes: máximo de un asesor.
Los asesores podrán serlo para cualesquiera campos (económico, laboral, jurídico…), pero su contrato deberá especificar en qué materia asesoran, deberán ser mayores de 35 años, menores de 70, contar con una licenciatura universitaria en el campo de que se trate y al menos 10 años de experiencia laboral en dicho campo. Su adscripción y sus remuneraciones anuales brutas totales serán públicas (es decir, aparecerán con nombres y apellidos en la página de Internet de la alcaldía, consejería, ministerio, etc. correspondiente). No percibirán dietas ni ningún tipo de complemento por ningún motivo.
Aparte de los enumerados, ninguna institución pública podrá contratar asesores (actualmente tienen asesores las diputaciones, los grupos parlamentarios en el Congreso, etc.).
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Los desahucios

A través de los desahucios muchas familias están perdiendo su vivienda. El suicidio de dos desahuciados en noviembre de 2012 ha forzado al Gobierno español a aprobar un decreto el 15 de noviembre de ese año: las familias que no ingresen entre todos los miembros más de 1.597 euros al mes (3 veces el IPREM, el indicador público de renta de efectos múltiples, que en 2012 es de 532 euros al mes), cuando la casa de la que van a desalojarles sea su única vivienda en propiedad, cuando su carga hipotecaria se haya multiplicado, al menos, por 1,5 en los últimos cuatro años, y cuando tuvieran que pagar una cuota de la hipoteca de más de un 50% de sus ingresos netos, no serán desahuciadas durante dos años si cumplen además alguno de los siguientes requisitos:

  •  ser familia numerosa,
  •  familia monoparental con dos hijos a su cargo,
  •  familia con un menor de tres años,
  •  familias que tenga a su cargo a personas en situación de discapacidad superior al 33 % o dependencia que incapacite de modo permanente para una actividad laboral,
  • familias que convivan con familiares (hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad) que sean discapacitados, dependientes o que sufran una enfermedad grave que les incapacite de forma temporal o permanente para una actividad laboral,
  •  familias en las que los deudores estén en paro y hayan agotado la prestación,
  •  víctimas de violencia de género.
Además, las familias que no cumplan alguno de estos requisitos y sean desahuciadas, podrán acceder a un parque público de viviendas en alquiler.
Por otra parte estas condiciones solo se aplican si es un banco el que va a posesionarse de la vivienda; si es un particular el desahucio sí que podría llevarse a cabo.
Opino que debería avanzarse más: las familias (o personas que vivan solas, que también hay muchas) no podrán ser desahuciadas cuando no ingresen entre todos los miembros más 3 veces el IPREM, cuando la casa de la que van a desalojarles sea su única vivienda en propiedad, y cuando tuvieran que pagar una cuota de la hipoteca de más de un 50% de sus ingresos netos. Punto. Sin más condiciones. Sin más requisitos. Sin moratorias, que no hacen más que engordar la deuda e imposibilitar todavía más su pago. Eso sí, la propiedad de la vivienda pasaría al banco y a la familia se le embargaría un 50% de sus ingresos (salarios, prestaciones…) hasta que la deuda hubiera sido saldada, con un máximo en el tiempo de la duración de la hipoteca original.
Por otra parte deben establecerse límites para evitar que la deuda engorde hasta el infinito. El tipo de interés de mora no debe superar el doble del tipo de interés nominal de la hipoteca. La deuda total que a una persona le puede generar una hipoteca no puede exceder del doble de su importe inicial, contando todo (parte impagada, intereses de mora, costas judiciales, etc.). Cuando la deuda alcanzara ese montante, dejaría automáticamente de generar intereses y cualquier gasto adicional debería sufragarlo el banco.
Para evitar otra crisis hipotecaria en el futuro, creo que deberían tomarse YA las siguientes medidas (contra el decálogo de malas prácticas bancarias que denuncia la Plataforma de Afectados por la Hipoteca):
  • Prohibición de los avales personales en el futuro e invalidación de los existentes. A través del aval los bancos se cubren injustamente las espaldas. Además, debido a la confianza (a veces desmedida) con que se establecen las relaciones sociales en España, unas personas tienden a avalar a otras sin ser conscientes del riesgo que eso supone. Todo el riesgo del solicitante del crédito debería reflejarse en su tipo de interés.
  • Prohibición de conceder hipotecas a más de 30 años o, si el solicitante es mayor de 50 años, a más años de los que resulten de restar a la esperanza de vida media la edad del solicitante. Por ejemplo, si una mujer de 57 años solicita una hipoteca, y la esperanza de vida en ese momento para las mujeres es de 82 años, solo se le podría conceder a 25 años.
  • Prohibición de conceder una hipoteca por más del 75% del valor de tasación independiente del bien en ese momento. El solicitante elegiría libremente la agencia de tasación (es decir, el banco no podría elegirla, ni siquiera proponerla) entre un conjunto de agencias autorizadas (que, para serlo, deberían estar totalmente desligadas de entidades financieras), y la tasación, con un plazo de validez de seis meses, serviría para solicitar la hipoteca a otros bancos.
  • En caso de impago, se sacará el bien a subasta por el mayor de estos valores: el 75% del valor de mercado en ese momento o el 75% del valor de tasación original. Si nadie puja, el banco adquirirá la propiedad de la vivienda y la deuda quedará saldada automática y totalmente, aunque existan intereses de demora y costas. Eso sí, las cantidades que el deudor haya abonado mientras estuvo al corriente del pago no le serán devueltas.
  • Estas condiciones no solo deberán cumplirse en la hipoteca inicial, sino en cualquier posterior refinanciación o renegociación del préstamo.

 

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Mete "Lo que hay que hacer" en Google y mira qué te sale: enlaces a un libro "Lo que hay que hacer con urgencia" del que las primeras páginas no están disponibles para descargar. Y mientras, tu ciudad, tu país, tu planeta bullen de problemas a los que no se pone remedio adecuado, cuando existen soluciones para todos. Escribo este blog desde Madrid, España, la Tierra, para unir mi voz a los que proponen estas soluciones y presionan para que se apliquen.
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