¡Como se mofa 'Juanvi' Herrera de la ciudadanía!

* PREGUNTA EFECTUADA A LA  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN.-

A través de los sindicatos docentes hemos  tenido conocimiento de los «Criterios para la modificación de plantillas jurídicas para el curso 2011/2012». Como ciudadano y contribuyente deseo tener puntual respuesta a cuanto se indica a continuación.
En el apartado III, referido a los centros de educación de personas adultas, y más concretamente en el último párrafo de ese apartado, se indica que en los centros donde se imparte la ESPA «se creará una plantilla si la necesidad está consolidada, y por transformación de plantilla funcional, hasta alcanzar una plaza por ámbito de conocimiento».
Nuestras  preguntas son las siguientes:
1.- En el ámbito CITE suele haber dos PES (accedieron en casi todos los centros de la Comunidad por CGT, uno  por matemáticas y otro por CC.NN.) ¿Se va a suprimir uno de los dos profesores para dar cumplimiento al artículo 22.5 de la Orden EDU/1259/2008, de 8 de julio?
2.- El MEC está elaborando el borrador del nuevo curriculum y se vuelve a los cuatro ámbitos anteriores a la orden citada. ¿No sería más conveniente esperar para dejar de ‘jugar’  con esta variante del sistema educativo?
3.- ¿Cuándo será de aplicación el reseñado apartado III del documento de los Criterios referidos al principio?
4.- No se entiende la amplitud del ámbito de  CITE y mucho menos la existencia de optativas, con lo que se confunde esta variante específica del sistema educativo con la enseñanza ordinaria.

Además de rogar la respuesta puntual a nuestras demandas, PROPONGO que se eliminen las optativas del curriculum destinado a adultos y sus contenidos se integren en el ámbito global, así como se reduzca éste en la cantidad de contenidos. Solo así será posible dar cumplimiento al último párrafo del apartado III de los»Criterios» referidos, así como la dignidad necesaria a la EPA, tan ninguneada y olvidada en Comunidades como Castilla y León, donde la falta de planificación realista –desde los servicios de la Consejería–  es un hecho y su desconocimiento por parte de la Administración autonómica un indiscutible clamor.

Jesús Salamanca Alonso.- Analista político

* RESPUESTA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN.-

En contestación a su sugerencia presentada a través del libro de sugerencias y quejas de la Junta de Castilla y León, relacionada con la Educación de Personas Adultas, se le informa lo siguiente:

La normativa vigente emanada del Ministerio de Educación que hace referencia al currículo de la educación secundaria para personas adultas es el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, que en su disposición adicional primera dice lo siguiente:

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, las personas adultas que quieran adquirir las competencias y los conocimientos correspondientes a la Educación secundaria obligatoria, contarán con una oferta adaptada a sus condiciones y necesidades que se regirá por los principios de movilidad y transparencia y podrá desarrollarse a través de la enseñanza presencial y también mediante la educación a distancia.

2. Con objeto de favorecer la flexibilidad en la adquisición de los aprendizajes, facilitar la movilidad y permitir la conciliación con otras responsabilidades y actividades, las enseñanzas de esta etapa para las personas adultas se organizarán de forma modular en tres ámbitos: ámbito de comunicación, ámbito social y ámbito científico-tecnológico y dos niveles en cada uno de ellos. La organización de estas enseñanzas deberá permitir su realización en dos cursos.

3. El ámbito de comunicación incluirá los aspectos básicos del currículo, recogidos en el Anexo II del presente real decreto referidos a las materias de Lengua castellana y literatura y Primera lengua extranjera e incorporará, si la hubiere, la Lengua cooficial y literatura.

El ámbito social incluirá los referidos a las materias de Ciencias sociales, geografía e historia, Educación para la ciudadanía, los aspectos de percepción recogidos en el currículo de Educación plástica y visual y Música. El ámbito científico-tecnológico incluirá aquellos referidos a las materias de Ciencias de la naturaleza, Matemáticas, Tecnologías y a los aspectos relacionados con la salud y el medio natural recogidos en el currículo de Educación física.

Las administraciones educativas incorporarán a los correspondientes ámbitos, si así lo consideran conveniente, aspectos curriculares de las restantes materias a las que hacen referencia los artículos 24 y 25 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León ha regulado la Educación Secundaria para personas adultas ateniéndose a esta disposición adicional.

Por otro lado, indicar, con respecto a las plantillas jurídicas de los centros, que en los últimos años, los criterios aprobados para la modificación de plantillas de los centros  de adultos han permanecido invariables, aspecto que viene  motivado principalmente por la inexistencia de cambios normativos que afecten al funcionamiento de los mismos.

Hasta la fecha no se tiene constancia de ninguna comunicación oficial de futuros cambios del currículo por parte del Ministerio de Educación.

No obstante, de producirse el mismo se realizarían las actuaciones precisas para su cumplimiento. En el caso de una hipotética supresión de puestos se aplicaría a los afectados, como no podría ser de otra manera, la normativa genérica existente para dichas situaciones, recogida principalmente en la Orden EDU/1076/2008, de 18 de junio (bocyl de 24 de junio) y El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre (BOE de 30 de octubre).

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