Dic 132011
 

El Juzgado de Primera Instancia número 30 de Barcelona ha desestimado íntegramente este lunes la demanda interpuesta por el expresidente del FC Barcelona Joan Laporta y miembros de su Junta Directiva en la que pedían la impugnación de la Asamblea de Socios Compromisarios del club de 2010 en la que se aprobó la acción social de responsabilidad en su contra.

En la sentencia, el juez desestima la demanda del expresidente Laporta para impugnar los resultados de la citada Asamblea al considerar que el FC Barcelona y su actual Junta Directiva no infringieron ningún punto de los Estatutos del club ni ningún derecho informativo, como esgrimía el ex mandatario.

Además, todas las costas causadas durante el procedimiento deberán ser afrontadas por los demandantes. Laporta presentó la demanda de impugnación en noviembre de 2010, en contra de los puntos 2 (resultados ‘Due Diligence’) y 3 (aprobación cuentas y consiguiente acción social de responsabilidad) del orden del día de la citada Asamblea.

No obstante, el juez desestima que Laporta no pudiera asistir a la Asamblea a explicar sus cuentas, pues recuerda que fue invitado por el club a hacerlo si bien, dentro de la legalidad, no en las condiciones que pedía el ex presidente, que quería explicar sus cuentas y no las nuevas formuladas por la Junta de Rosell en base a una nueva auditoría.

La sentencia señala que las cuentas presentadas por la actual Junta Directiva reflejan la imagen fiel de la situación económica de la entidad, por lo que desestima el punto de la demanda en que Laporta defendía sus cuentas y las salvedades incluidas en ellas, finalmente contadas en el apartado de pérdidas por la auditoría llevada a la Asamblea.

También señala la demanda que la exposición en la Asamblea del resumen de la ‘Due Diligence’, el punto 2 del orden del día, no tuvo influencia en el resultado de la votación de la acción social de responsabilidad en contra de Laporta por las pérdidas económicas durante su mandato.

En cuanto a si la votación había sido legal, el juez así lo cree al defender que los 468 votos a favor de emprender la acción social de responsabilidad son «mayoría simple de los asistentes» respecto a los 439 en contra, 113 votos en blanco y 73 abstenciones. Laporta defendía que no era mayoría absoluta, algo no contemplado en los Estatutos.

Laporta también esgrimía en la demanda que no se había respetado el derecho a la información al no serle facilitada una copia de la citada auditoría, pero el juez asegura que pudo tener acceso a ella cuando fue invitado a las oficinas para poder verla.

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  One Response to “Desestimada la demanda de Laporta”

  1. Desestimada la demanda de Laporta http://t.co/u5vpV71q

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