Nov 042019
 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reconoció que el derecho al amparo de datos debe estar equilibrado junto a otros derechos fundamentales, como la libertad de expresión.

Para muchos la Web 2.0 no posee fronteras, pero el derecho al olvido de los ciudadanos europeos en internet, sí lo tiene; y precisamente esos límites son los que delimitan a la Unión Europea.

Sin embargo, Google ha salido victorioso nuevamente ante la corte europea en menos de un mes, el pasado martes en un litigio que mantenían con la agencia de datos en Francia.

Luego de la disputa de un lustro, donde los jueces sentenciaron que los europeos pueden exigir la retirada de los resultados relacionados a su nombre, el TJUE, mientras que el dictamen del abogado general, manifestó que “el gestor de un motor de búsqueda no está obligado a retirar los enlaces en todas las versiones”. Se deja claro que solo en buscadores de países miembros de la UE.

¿Cómo empezó la disputa?

La disputa por este derecho comenzó en España, en el momento en el cual un abogado se dirigió a la Agencia Española de protección de Datos, con el propósito de que Google eliminara una información publicada en el diario La Vanguardia, concerniente a un embargo por deudas a la Seguridad Social.

Este caso llegó a Luxemburgo y avaló que las personas europeas podían solicitar de manera directa al buscador que en determinadas circunstancias eliminen su nombre de sus motores.

En consecuencia, la empresa debe valorar si la queja es fundada o no. En caso de que no lo sea el usuario puede acudir a la justicia.

También un usuario de nacionalidad francesa, acudió a la Comisión Nacional de Informática y Libertades de su país al verificar que algunos enlaces que había pedido continuaban apareciendo cuando se colocaba su nombre en el buscador.

Esto se debía a que Google los eliminaba de los motores de sus dependencias europeas, pero no del resto del mundo, justificando que, no está en obligación de eliminar los enlaces de todo el mundo.

Finalmente, la justicia europea, que debía articular hasta donde llegan sus decisiones, le da la razón.

Cabe destacar que el conocido como derecho al olvido se aplica desde entonces solo a los resultados desde dentro de los países miembros de la UE, pero no si se hace desde fuera.

Por otra parte, para quienes son aficionados a las apuestas deportivas online en España deben acceder únicamente a sitios web con licencia, para que aseguren la protección de sus datos.

Equilibrio de derechos

El tribunal finaliza argumentando que la legislación comunitaria “no prevé instrumentos y mecanismos de cooperación en lo que se refiere al alcance de la retirada fuera de la UE”. Motivo por el cual Google no se encuentra obligado a proceder con la mencionada retirada en todas sus versiones de su buscador.

La compañía norteamericana celebró la decisión del alto tribunal, aseverando que, desde 2014, trabajan de manera ardua para lograr un equilibrio razonable entre los derechos de los individuos al acceso a la información y a la privacidad.

 

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 Posted by at 9:29

  One Response to “Justicia europea: Google podrá mantener los contenidos retirados por el derecho al olvido fuera de la UE”

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