El TSJ invalida parte del articulado de la Orden de Veda de Castilla y León
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El director general de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, José Manuel Jiménez, ha defendido hoy la vigencia de la actual Orden General de Vedas, pese a la existencia de un auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que ha resuelto suspender parte de su articulado, y ha invitado a los amantes de la caza a salir al campo este fin de semana.
Aunque el colectivo Ecologistas en Acción ha difundido hoy la resolución de la Sala de los Contencioso Administrativo del TSJCyL, Jiménez, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha asegurado que la Consejería no ha recibido aún notificación oficial alguna del órgano judicial competente y que tan sólo tienen referencias a través de los medios de comunicación.
Ante ello, el responsable de Medio Ambiente ha insistido en que "la Orden General de Vedas mantiene su plena vigencia" y, en consecuencia, se ha dirigido a los cazadores para que, si así lo desean, practiquen este fin de semana el arte cinegético con "absoluta tranquilidad".
ECOLOGISTAS EN ACCIÓN
Este es el comunicado aparecido en la web de la organización ecologista:
"Ecologistas en Acción reclama a la Junta de Castilla y León una norma que regule la actividad cinegética con criterios de sostenibilidad, conforme a la Directiva Comunitaria de Aves.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid ha acordado, mediante Auto 1026/2011, la suspensión, como medida cautelar, de los artículos 2.1, 3, 6.1 y 9.1 de la Orden MAM/867/2011, de 24 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza, durante la tramitación y resolución definitiva del recurso promovido por Ecologistas en Acción de Castilla y León.
Esta misma Sala, como precedente jurisdiccional, ya dictó el 18 de abril de 2008 la Sentencia nº 642 contra la Orden de 27 de julio de 2002 por la que aprobaba la Orden Anual de Caza de ese año, declarando nulos de pleno derecho los mismos artículos, que en su contenido eran idénticos a los suspendidos por el Auto actual. El motivo de la anulación judicial era la ausencia de un marco normativo superior que tenga en cuenta los conocimientos científicos sobre los periodos de reproducción y migración de las especies a las que se puede cazar, conforme a la Directiva comunitaria de Aves.
Los responsables de la Consejería de Medio Ambiente, lejos de cumplir los postulados del Tribunal, han seguido dictando, con contumacia reiterativa y con pleno conocimiento desde entonces, Ordenes anuales de caza con los mismos artículos y contenidos iguales a los declarados nulos de pleno derecho.
Ecologistas en Acción como miembro del Consejo Caza de Castilla y León, año tras año ha reiterado la obligatoriedad de la Consejería de cumplir las resoluciones judiciales, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho para servir con objetividad a los intereses generales.
La trascendencia del auto, de obligado e inmediato cumplimiento, conlleva la suspensión del artículo 2.1, excluyendo como especies cazables todas las especies enumeradas para la caza menor. Por tanto, la temporada de la caza menor en Castilla y León, que finaliza el último domingo de enero, queda suspendida desde este fin de semana hasta que se dicte resolución judicial.
Para la medida cautelar solicitada en la media veda, artículo 6.1 y 3, la suspensión ya llega tarde, al haber concluido su periodo hábil:
* Al periodo de indefensión de las especies a consecuencia de la sequia, se suman los datos alarmantes de población para especies como la tórtola europea, que ha disminuido un 39% en la zona centro, la codorniz con una disminución del 53%, según los datos de SEO/Birdlife 2009/2010 del Programa de Seguimiento del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
* Unos cupos establecidos por cazador y día de 35 piezas para la codorniz y 8 para la tórtola muestran con crudeza una gestión totalmente ajena a criterios de sostenibilidad en la práctica cinegética.
Por último, el TSJ anula el artículo 9.1 de la citada Orden, de control de las especies cinegéticas que puedan ocasionar daños importantes a cultivos, ganado, bosques, caza, pesca, especies protegidas, instalaciones, o a la salud y seguridad de las personas, para las especies: estornino pinto, urraca, grajilla y corneja.
Las resoluciones judiciales exigen el establecimiento de un régimen general mediante una norma con rango adecuado de conformidad con la Directiva Comunitaria de Aves, que respete las exigencias de publicidad, claridad y de certidumbre en el procedimiento de concesión de las excepciones.
La Junta de Castilla y León puede autorizar la captura o muerte de las aves de la Directiva fuera de la temporada de caza por una serie limitada de razones, para no convertir en general lo excepcional. Sin embargo, las excepciones sólo pueden aplicarse cuando no exista ninguna solución alternativa (por ejemplo cazarlas en periodo hábil).
En cumplimiento de la orden judicial, desde este fin de semana no podrá practicarse la caza menor en Castilla y León, hasta el final de la temporada, en enero. Ecologistas en Acción exige el cumplimiento estricto e inmediato del contenido del Auto Judicial, y en caso contrario pedirá al TSJ responsabilidades personales al Consejero de Fomento y Medio Ambiente."
FEDERACIÓN DE CAZA DE CASTILLA Y LEÓN
Adjunto el comunicado de la Federación:
"En relación a las noticias aparecidas en los distintos medios de comunicación como consecuencia del auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en relación al acuerdo de suspender, como medida cautelar, determinados artículos de la vigente Orden, que afectan a la caza menor, esta Federación quiere trasladar el siguiente comunicado a todos los cazadores.
1. Esta Resolución no es firme sino que “contra ella cabe cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que se preparará ante esta Sala (Tribunal Superior), con interposición de recurso de súplica”.
Esta Federación ya ha instado a la Junta de Castilla y León a presentar este recurso.
2. La actividad cinegética de la caza menor, en todo caso, queda garantizada mientras la Administración no ejecute esta medida cautelar, previa publicación, en su caso, de las normas que sean necesarias en el Boletín Oficial de Castilla y León.
3. La caza mayor no se ve ni se verá en absoluto afectada por este auto.
4. Debe quedar claro que los culpables de esta situación son, en primer lugar el grupo ecologista que ha promovido este proceso, que disponiendo de presencia en los foros cinegéticos adecuados para plantear cualquier cuestión para la gestión de la caza, han utilizado la vía judicial, y en segundo lugar la propia Junta de Castilla y León por su negligencia en la regulación normativa de los asuntos cinegéticos y en el acatamiento de sentencias judiciales.
5. Que en ningún caso esta situación viene provocada por actuaciones de los cazadores, único colectivo perjudicado por esta situación de incertidumbre, por la negligencia de unos y mala fe de otros.
6. Esta Federación reclamará a la Consejería de Medio Ambiente las actuaciones necesarias para evitar los posibles efectos negativos sobre la actividad cinegética que pueda provocar esta situación y dar una solución definitiva a un asunto que no se puede consentir en el futuro."
Publicado el 19 de noviembre de 2011 a las 12:15.